Ordenanzas Municipales. Cantón Guayaquil: Que expide la octava reforma a la Ordenanza que regula la emisión de la tasa de habilitación y control de actividades económicas en establecimientos

Número de Boletín640
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Viernes 9 de diciembre de 2022 Edición Especial Nº 640 - Registro Ocial
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MUY ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE GUAYAQUIL
(GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO)
OCTAVA REFOR MA A LA ORDENANZA QUE REGULA LA EMISIÓN DE LA TASA
DE HABILITACIÓN Y CONTROL DE ACTIVIDADES ECONÓ MICAS EN ESTABLECIMIENTOS
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EL M. I. CONCEJO MUNICIPAL DE GUAYAQUIL
CONSIDERANDO:
QUE, la Constitución de la República en su artículo 227 prescribe que la administración
pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de
eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización,
coordinación, participación, planificación, transparencia y evaluación;
QUE, el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización
(COOTAD), en su artículo 55 letra b) confier e al Gobierno Autónomo Descentralizado
Municipal, la competencia exclusiva de ejercer el control sobre el uso y ocupación del
suelo en el Cantón;
QUE, el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, en
su artículo 55 letra e) confiere al Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal, la
competencia exclusiva de crear, mod ificar, exonerar o suprimir mediante ordenanzas,
tasas, tarifas y contribuciones especiales de mejoras;
QUE, el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, en
su artículo 54 letra p) establece que es función del Gobierno Autónomo
Descentralizado Municipal, regular, fomentar, autorizar y controlar el ejercicio de
actividades económicas, empresariales o profesionales, que se desarrollen en
locales ubicados en la circunscripción territorial cantonal con el objeto de precautelar
los derechos de la colectividad;
QUE, el viernes 30 de diciembre del 2011 se publicó en la Gaceta Oficial Municipal No. 26
que ha tenido reformas publicadas en las Gacetas Nos. 30, 32, 36, 38, 21, 42 y 40
de fechas 02 de abril del 2012, 07 de mayo del 2012, 18 de junio del 2012 y 30 de
julio del 2012, 13 de marzo de 2015, 23 de mayo de 2016 y 24 de noviembre de 2021
respectivamente;
QUE, es deber de las instituciones públicas mejorar permanentemente su competitividad,
calidad y rapidez con que prestan sus servicios;
QUE, el Director de Uso del Espacio y Vía Pública ha informado a la señora Alcaldesa la
En ejercicio de la facultad legislat iva que confiere la Constitución de la República del Ecuador
en el artículo 240, en concordancia con lo establecido en los artículos 7 y 57 letra a) del
Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización,

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