Ordenanzas Municipales. Cantón Guayaquil: Que expide la segunda reforma a la “Ordenanza especial de regularización de nuevos asentamientos humanos y normas generales aplicables a todo proceso de titularización”, publicada en la Gaceta Oficial No. 98 del 27 de febrero de 2019

Número de Boletín548
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Jueves 13 de octubre de 2022 Edición Especial Nº 548 - Registro Ocial
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MUY ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE GUAYAQUIL
(GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO)
Segunda Reforma a la ORDENANZA ESPECIAL DE REGULARIZACIÓN DE NUEVOS ASENTAMIENTOS
HUMANOS Y NORMAS GENERALES APLICABLES A TODO PROCESO DE TITULARIZACIÓN”,
publicada en la Gaceta Oficial No. 98 del 27 de febrero de 2019.
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EL M.I. CONCEJO MUNICIPAL DE GUAYAQUIL
CONSIDERANDO:
QUE, de fecha 07 de agosto de 1994 entró en vigencia la “Ordenanza que Reglamenta
la Enajenación de Terrenos ubicados en los Sectores Urbanos Marginales de la
Ciudad de Guayaquil, amparados por Decretos Leyes”;
QUE, de fecha 3 de octubre del 2007 se publicó en el Registro Oficial No. 183 la “Ley
de legalización de la tenencia de tierras a favor de los moradores y posesionarios
de predios que se encuentran dentro de la circunscripción territorial de los
cantones Guayaquil, Samborondón y El Triunfo” conocida comúnmente como
Ley 88 o Ley Expropiatoria 88;
QUE, en el Registro Oficial No. 359 del 10 de enero de 2011 se publicó la primera
reforma a la Ley expropiatoria 88, y en el Suplemento del Registro Oficial No.
105 del 21 de octubre del 2013 se publicó una segunda reforma a la citada Ley
88, estableciéndose determinados condicionantes para efectos de adjudicación
o venta de los terrenos expropiados ubicados en los sectores señalados en la
ley 88 y sus reformas, y el criterio para fijar el precio del metro cuadrado de tierra
que será determinado por ordenanza municipal, el mismo que deberá considerar
la capacidad de pago y la condición socio-económica de los posesionarios, así
como la extensión de los lotes de terrenos sujetos a legalización;
QUE, en la Gaceta Oficial No. 98 del 27 de febrero de 2019, se publicó la ORDENANZA
ESPECIAL DE REGULARIZACIÓN DE NUEVOS ASENTAMIENTOS
HUMANOS Y NORMAS GENERALES APLICABLES A TODO PROCESO DE
TITULARIZACIÓN, que establece lo siguiente:
Art. 1.- ÁMBITO DE APLICACIÓN. - Procédase a la regularización de aquellos
asentamientos humanos definidos en los anexos constantes en la presente
ordenanza, los cuales deberán cumplir con las condiciones técnicas aquí
establecidas para su correspondiente titularización.” (…)
ANEXOS: (…)
Polígono 8: Cooperativa VERGELES, CERRO COLORADO MZ 234 Y MZ 235. (…)”
QUE, en la Gaceta Oficial No. 36 del 03 de septiembre de 2021, se publicó la Reforma
de la “ORDENANZA ESPECIAL DE REGULARIZACIÓN DE NUEVOS
ASENTAMIENTOS HUMANOS Y NORMAS GENERALES APLICABLES A
TODO PROCESO DE TITULARIZACIÓN.”;
QUE, mediante oficio SMG-2019-17566 del 10 de diciembre de 2019, la Secretaria
Municipal informó a la Dirección de Planificación Urbana, Proyectos y
Ordenamiento Territorial (DUPOT) que el M. I. Concejo Municipal, en su Sesión
Ordinaria del día jueves 05 de diciembre del año 2019, aprobó el Plano Único
Urbanístico de la Cooperativa “VERGELES, CERRO COLORADO MANZANAS

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