Cantón Guayaquil: De expropiación especial de nuevos asentamientos humanos consolidados con fines de regularización y titularización
Fecha de publicación | 30 Junio 2022 |
Número de Gaceta | 95 |
Jueves 30 de junio de 2022 Suplemento Nº 95 - Registro Ocial
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MUY ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE GUAYAQUIL
(GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO)
ORDENANZA DE EXPROPIACIÓN ESPECIAL DE NUEVOS ASENTAMIENTOS HUMANOS
CONSOLIDADOS CON FINES DE REGULARIZACIÓN Y TITULARIZACIÓN
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EL M. I. CONCEJO MUNICIPAL DE GUAYAQUIL
CONSIDERANDO:
QUE, la Constitución de la República del Ecuador en el numeral 26 del artículo 66,
garantiza y reconoce el derecho a la propiedad en todas sus formas, con
función y responsabilidad social y ambiental, siendo necesario para ello
adoptar políticas públicas;
QUE, el artículo 30 de la Constitución de la República dispone que las personas
tienen derecho a un hábitat seguro y saludable, y a una vivienda
adecuada y digna, con independencia de su situación social y económica;
QUE, el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y
Descentralización, (COOTAD), establece que los Gobiernos autónomos
descentralizados municipales están dotados de facultad expropiatoria, poder
jurídico que tiene como antecedente la potestad expropiatoria que les
concede la Constitución de la República;
QUE, el artículo 596 del COOTAD determina que la expropiación especial para
regularización de asentamientos humanos de hecho en suelo urbano y de
expansión urbana, se realiza con el objeto de regularizar los asentamientos
humanos de hecho y consolidados, en suelo urbano y de expansión urbana,
de propietarios particulares; pudiendo al efecto los gobiernos
metropolitanos o municipales, mediante resolución del órgano legislativo,
declarar esos predios de utilidad pública con el propósito de dotar de los
servicios básicos a los predios ocupados por los asentamientos y definir
la situación jurídica de los posesionarios, adjudicándoles los lotes
correspondientes;
QUE, para proceder a la regularización, por motivos de legitimidad y seguridad para
las familias establecidas en asentamientos humanos consolidados, las
Direcciones municipales encargadas de la Planificación Urbana, del Control
de Edificaciones, Catastro y Avalúos, de Ambiente y Preservación de Áreas
Verdes, de Riesgos y Cooperación, y, la Unidad encargada de la Prevención
de Invasiones y Asentamientos Ilegales, así como las concesionarias que
aprovisionan el servicio público de agua potable, deberán certificar las
eventuales afectaciones y objeciones que impidan la adjudicación del
inmueble en el que habitan las familias posesionarias;
QUE, con Oficio No. DUPOT-UPIAI-2022-3116 de fecha 01 de junio de 2022, la
Directora de Planificación Urbana, Proyectos y Ordenamiento Territorial en
conjunto con la Jefa de la Unidad de Prevención de Invasiones y
Asentamientos Ilegales, remitieron a la Máxima Autoridad Municipal el
informe técnico preliminar del levantamiento de información socioeconómica
y de vivienda en asentamientos de hecho en la parroquia Pascuales del
cantón Guayaquil de la Cooperativa Ciudad de Dios.
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