Ordenanzas Municipales. Cantón Joya De Los Sachas: Que Reglamenta La Planifi Cación, Administración Y Manejo De Recursos Económicos Para La Ejecución Del Proyecto: Expo Sacha, Para La Promoción Turística, Cultural, Agropecuaria, Comercial Y Tecnológica
Número de Boletín | 118 |
Sección | Ordenanzas Municipales |
Emisor | Gobiernos Autónomos Descentralizados |
Lunes 23 de octubre de 2017 – 9Registro Ofi cial – Edición Especial Nº 118
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL GOBIERNO
AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL
DEL CANTÓN LA JOYA DE LOS SACHAS
Considerando:
Que, el artículo 227 de la Constitución de la República del
Ecuador, señala que la administración pública constituye
un servicio a la colectividad que se rige por los principios
de efi cacia, efi ciencia, calidad , jerarquía desconcentración,
descentralización, coordinación, participación,
planifi cación, transparencia y evaluación.
Que, el artículo 238 de la Constitución de República del
Ecuador, en concordancia con los artículos 5 y 53, inciso
primero, del Código Orgánico de Organización Territorial,
Autonomías y Descentralización, COOTAD, determina
que los gobiernos municipales gozan de autonomía
política, administrativa y fi nanciera.
Que, el artículo 240 de la Constitución de República
del Ecuador, establece que los gobiernos autónomos
descentralizados tendrán facultades legislativas en el
ambiento de sus competencias.
Que, el artículo 276 de la Constitución de la República del
Ecuador, establece que el régimen de desarrollo tendrá los
siguientes objetivos:
1. Mejorar la calidad y esperanza de vida, y aumentar las
capacidades y potencialidades de la población en el marco
de los principios y derechos que establece la Constitución
2. Construir un sistema económico, justo, democrático,
productivo, solidario y sostenible basado en la distribución
igualitaria de los benefi cios del desarrollo, de los medios de
producción y en la generación de trabajo digno y estable.
Que, El artículo 277 de la Constitución de la República del
Ecuador, establece que para conservar el buen vivir, serán
deberes del Estado:
Impulsar el desarrollo de las actividades económicas
mediante un orden jurídico e instituciones políticas
que las promuevan, fomenten y defi endan mediante el
cumplimiento de la Constitución y la ley.
Promover e impulsar la ciencia, la tecnología, las artes,
los saberes ancestrales y en general las actividades de la
iniciativa creativa comunitaria, asociativa, cooperativa y
privada.
Que, El artículo 281 de la Constitución de la República
del Ecuador, establece que: “La soberanía alimentaria
constituye un objetivo estratégico y una obligación del
Estado
para garantizar que las personas, comunidades, pueblos y
nacionalidades alcancen la autosufi ciencia de alimentos
sanos y culturalmente apropiado de forma permanente,
para ello, será responsabilidad del Estado”:
Impulsar la producción, transformación agroalimentaria
y pesquera de las pequeñas y medianas unidades de
producción, comunitarias y de la economía social y
solidaria.
Fortalecer la diversifi cación y la introducción de tecnologías
ecológicas y orgánicas en la producción agropecuaria.
Promover la preservación y recuperación de la
agrobiodiversidad y de los saberes ancestrales vinculados
a ella; así como el uso, la conservación e intercambio libre
de semillas.
Asegurar el desarrollo de la investigación científi ca y de
la innovación tecnológica apropiadas para garantizar la
soberanía alimentaria.
Fortalecer el desarrollo de organizaciones y redes
de productores y de consumidores, así como las de
comercialización y distribución de alimentos que promueva
la equidad entre espacios rurales y urbanos.
Que, es necesario regular la utilización de los recursos
económicos, destinados a la ejecución de actividades de
fomento agrícolas, ganaderas, pecuaria, así como también
las que se realicen con motivo de propiciar la innovación de
nuevas tecnologías, la industrialización y comercialización
de los productos que la Municipalidad asuma en
cumplimiento de sus funciones y competencias exclusivas,
o por delegación del órgano titular de la competencia.
Que, corresponde al Gobierno Autónomo Descentralizado
Municipal del Cantón La Joya de los Sachas adecuar en
forma conjunta y armónica las normas jurídicas cantonales
a las disposiciones Constitucionales, a fi n de hacer efectivo
el goce de los derechos establecidos en la Constitución.
Que: De conformidad con la disposición Transitoria
décima novena del COOTAD y Disposición General
Primera de la Resolución 0008-CNC-2015, emitido
por el Consejo Nacional de Competencia, el Gobierno
Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón La
Joya de los Sachas, suscribió con el Gobierno Autónomo
Descentralizado de la Provincia de Orellana, los convenios
necesarios para ejecutar las Expo Feria Sacha 2017.
En uso de las atribuciones legales que le confi ere los
Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y
Descentralización, y en pleno goce del derecho de
autonomía establecido en la Constitución de la República
expide:
LA SIGUIENTE ORDENANZA QUE REGLAMENTA
LA PLANIFICACIÓN, ADMINISTRACIÓN Y
MANEJO DE RECURSOS ECONÓMICOS PARA
LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO: “EXPO
SACHA, PARA LA PROMOCIÓN TURÍSTICA,
CULTURAL, AGROPECUARIA, COMERCIAL Y
TECNOLÓGICA, EN EL CANTÓN LA JOYA DE
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