Cantón Junín: Reformatoria y derogativa de artículos de la Ordenanza sustitutiva de gestión y ocupación de mercados municipales y ferias libres

Fecha de disposición30 Marzo 2017
Fecha de publicación30 Marzo 2017
Número de Gaceta974
Jueves 30 de marzo de 2017 – 29Registro Of‌i cial Nº 974
EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO
DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE JUNÍN
Considerando:
en el Registro Of‌i cial Nº 449, del 20 de octubre del año 2008,
establece una nueva organización territorial del Estado,
incorpora nuevas competencias a los gobiernos autónomos
descentralizados y dispone que por ley se establezca
el sistema nacional de competencias, los mecanismos
de f‌i nanciamiento y la institucionalidad responsable de
administrar estos procesos a nivel nacional.
consagra el principio de autonomía municipal en
concordancia con el Art. 5 incisos 1, 3 y 4 del Código
Descentralización (COOTAD).
Que, la Constitución Política establece en su Art. 329
que las jóvenes y los jóvenes tendrán el derecho de ser
sujetos activos en la producción, así como en las labores de
autosustento, cuidado familiar e iniciativas comunitarias.
Se impulsarán condiciones y oportunidades con este f‌i n.
Para el cumplimiento del derecho al trabajo de las
comunidades, pueblos y nacionalidades, el Estado adoptará
medidas específ‌i cas a f‌i n de eliminar discriminaciones
que los afecten, reconocerá y apoyará sus formas de
organización del trabajo, y garantizará el acceso al empleo
en igualdad de condiciones.
Se reconocerá y protegerá el trabajo autónomo y por cuenta
propia realizado en espacios públicos, permitidos por la ley
y otras regulaciones. Se prohíbe toda forma de conf‌i scación
de sus productos, materiales o herramientas de trabajo.
Los procesos de selección, contratación y promoción
laboral se basarán en requisitos de habilidades, destrezas,
formación, méritos y capacidades. Se prohíbe el uso de
criterios e instrumentos discriminatorios que afecten la
privacidad, la dignidad e integridad de las personas.
Que, el numeral 1 del artículo 264 de la Constitución
de la República atribuye a los gobiernos autónomos
descentralizados del nivel municipal la competencia para
la planif‌i cación del desarrollo cantonal y el ordenamiento
territorial, con el f‌i n de regular el uso y ocupación del suelo;
Autonomía y Descentralización (COOTAD) en sus artículos
5 y 6 consagran la autonomía de las municipalidades.
Territorial, Autonomía y Descentralización, dice: “Los
gobiernos autónomos descentralizados municipales son
personas jurídicas de derecho público, con autonomía
política, administrativa y f‌i nanciera. Estarán integrados
por las funciones de participación ciudadana; legislación
y f‌i scalización; y, ejecutiva previstas en este Código,
para el ejercicio de las funciones y competencias que le
correspondan.
Que, el literal l) del artículo 54 del Código Orgánico de
Organización Territorial, Autonomía y Descentralización
prevé entre las funciones municipales, las de: “Prestar
servicios que satisfagan necesidades colectivas respecto
de los que no exista una explícita reserva legal a favor de
otros niveles de gobierno, así como la elaboración, manejo
y expendio de víveres; servicios de faenamiento, plazas de
mercado y cementerios;”
Que, los artículos 57 literal b) y 58 literal b) del Código
Descentralización (COOTAD), otorga la atribución a los
concejales de presentar proyectos de ordenanzas y a los
municipios la facultad de regular mediante ordenanza, los
tributos municipales, creados expresamente por la ley.
Que, el propósito del Gobierno Autónomo Descentralizado
Municipal del Cantón Junín, es optimizar la atención al
público en el Mercado Municipal; y, en las Ferias Libres.
Que, los valores de las multas y los mecanismos de control
deben ser adecuados a las actuales circunstancias;
Que, es necesario entrar en un proceso de reorganización
integral de la administración y gestión de los centros de
abastecimiento en mercados y ferias libres, así como regular
el otorgamiento de permisos de ocupación de los mercados;
Que, es necesario dar un marco referencial factible a
los comerciantes de los mercados a f‌i n de proporcionar
soluciones sociales a la problemática socioeconómica que
en la actualidad afecta a los comerciantes; y,
Que, se debe propiciar la colaboración y corresponsabilidad
de todos los ciudadanos y ciudadanas a f‌i n de lograr el
objetivo común de preservar el medio ambiente y una
forma racional de vida urbana;
Que, en sesión ordinaria del día viernes 17 de octubre de
2014, el Concejo del Gobierno Autónomo Descentralizado
Municipal del cantón Junín, emitió la Resolución Nº 024,
que contiene el presente acto normativo;
En uso de la facultad legislativa prevista en el artículo 240
de la Constitución de la República, artículo 7 y literales a)
Territorial, Autonomía y Descentralización,
Expide:
La siguiente ORDENANZA REFORMATORIA Y
DEROGATIVA DE ARTÍCULOS DE LA ORDENANZA
SUSTITUTIVA DE GESTIÓN Y OCUPACIÓN DE
MERCADOS MUNICIPALES Y FERIAS LIBRES EN
EL CANTÓN JUNÍN
Art. 1.- Ámbito Jurídico.- Esta ordenanza regula las
actividades comerciales que se realizan en los mercados
municipales y en las zonas de espacio público que, mediante
resoluciones del Concejo Cantonal, se declaren de manera
def‌i nitiva o provisional permitidas para el funcionamiento
de mercados estables o informales y ferias libres.

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