Ordenanzas Municipales. Cantón Logroño: Que Establece El Error Técnico Aceptable De Medición De Predios Y El Procedimiento Para La Rectifi Cación Y Regularización De Excedentes O Diferencias De Áreas De Terrenos Urbanos Y Rurales

Número de Boletín276
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
12 – Miércoles 4 de julio de 2018 Suplemento – Registro Of‌i cial Nº 276
Nivel 3. Evaluación de rendimiento laboral. - La medi-
ción de rendimiento laboral se realizará en coordinación
con los responsables de las unidades administrativas
a la cual pertenezca el servidor/a benef‌i ciario de la
capacitación internacional.
La entrevista estructurada se aplicará tanto al titular de la
unidad administrativa como al servidor/a capacitado/a, en
un periodo no menor a tres meses y no mayor a seis meses
posteriores a la ejecución del evento de capacitación.
El diseño de la entrevista estructurada se elaborará en
coordinación con la Dirección Nacional de Talento
Humano y la Dirección Nacional de Capacitación.
Nivel 4. Evaluación de resultados.- La medición de
resultados de la capacitación internacional se aplicará
a través de la ejecución de réplicas, proyectos de
investigación, innovación, planes de mejora, u otras
acciones, presentados por el servidor/a benef‌i ciario,
considerando el tipo de capacitación internacional en
función de la modalidad, duración, objeto, nivel de
especialización, entre otros, que serán def‌i nidos en
coordinación con la Coordinación Nacional de Asuntos
Internacionales y el titular de la unidad a la cual pertenece
el servidor capacitado.
Los proyectos de investigación, innovación, planes
de mejora, u otras acciones, podrán ser aplicados al
interior de la unidad administrativa a la cual pertenece
el servidor/a capacitado contando con la validación y
aprobación del titular de la unidad; o en su defecto, podrán
ser planteados a nivel de proyectos institucionales, para lo
cual se deberá coordinar con la gestión de Planif‌i cación
y Proyectos de la Dirección Nacional de Planif‌i cación y
Evaluación Institucional conforme lo establecido en el
Estatuto Orgánico de la Contraloría General del Estado.
La Coordinación Nacional de Asuntos Internacionales
realizará el monitoreo de la aplicación de las acciones
def‌i nidas para la medición de los resultados de la
capacitación internacional.
VI. Resultados de la Evaluación del Impacto de la
Capacitación Internacional
Los resultados de la Evaluación del Impacto de la
Capacitación Internacional en la Contraloría General del
Estado, permitirán reconocer las fortalezas en la gestión de
los programas de capacitación ofertados por cooperación
externa y los efectos en el desarrollo de competencias
profesionales en las y los servidores capacitados;
buscando presentar resultados globales y oportunidades de
mejora en la coordinación de la capacitación internacional
(selección, seguimiento y evaluación).
La Coordinación Nacional de Asuntos Internaciones
comunicará los resultados de la evaluación de Impacto de
la Capacitación Internacional, a la Dirección Nacional de
Talento Humano y a la Dirección Nacional de Capacitación,
para efectos de retroalimentación y fortalecimiento del
proceso de capacitación institucional.
EL GOBIERNO AUTÓNOMO
DESCENTRALIZADO MUNICIPAL
DEL CANTÓN LOGROÑO
Considerando:
Ecuador, expresa: “El Ecuador es un Estado constitucional
de derechos y justicia social, democrático, soberano,
independiente, unitario, intercultural, plurinacional y
laico. Se organiza en forma de república y se gobierna de
manera descentralizada.
La soberanía radica en el pueblo, cuya voluntad es el
fundamento de la autoridad, y se ejerce a través de los
órganos del poder público y de las formas de participación
directa previstas en la Constitución.
Los recursos naturales no renovables del territorio
del Estado pertenecen a su patrimonio inalienable,
irrenunciable e imprescriptible”;
la República del Ecuador reconoce y garantiza a las
personas: “El derecho a la propiedad en todas sus formas,
con función y responsabilidad social y ambiental. El
derecho al acceso a la propiedad se hará efectivo con la
adopción de políticas públicas, entre otras medidas”;
Que, el Artículo 82 de la Norma Constitucional ordena:
“El derecho a la seguridad jurídica se fundamenta en el
respeto a la Constitución y en la existencia de normas
jurídicas previas, claras, públicas y aplicadas por las
autoridades competentes”;
Ecuador dispone que la Asamblea Nacional y todo órgano
con potestad normativa tendrá la obligación de adecuar,
formal y materialmente, las leyes y demás normas jurídicas
a los derechos previstos en la Constitución y los tratados
internacionales, y los que sean necesarios para garantizar
la dignidad del ser humano o de las comunidades, pueblos
y nacionalidades;
del Ecuador, prescribe: “Los Gobiernos Autónomos
Descentralizados gozarán de autonomía política,
administrativa y f‌i nanciera y se regirán por los principios
de solidaridad, subsidiariedad, equidad interterritorial,
integración y participación ciudadana”;
del Ecuador atribuye al Concejo Municipal la facultad
legislativa seccional;
del Ecuador, en su numeral 9 establece que es competencia
exclusiva de los gobiernos municipales formar y
administrar los catastros inmobiliarios urbanos y rurales;
del Ecuador, establece que los gobiernos municipales en
el ámbito de sus competencias y territorio, en uso de sus
facultades, expedirán ordenanzas cantonales;
del Ecuador, establece que el Estado normará el uso y
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