Ordenanzas Municipales. Cantón Lomas de Sargentillo: Para prevenir y erradicar la violencia contra las mujeres

Número de Boletín149
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Viernes 22 de abril de 2022 Edición Especial Nº 149 - Registro Ocial
18
Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal
del Cantón Lomas de Sargentillo
PERIODO 2019-2023
Ley 159 Registro Oficial Julio 22 de 1992
Provincia del Guayas - Ecuador
Av. El Telégrafo y Alberto Sarmiento. Telf.: 2799493
1
EL CONCEJO CANTONAL DEL GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO
MUNICIPAL DEL CANTON LOMAS DE SARGENTILLO
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La Declaración sobre la eliminación de la violencia contra la mujer, adoptada por la
Asamblea General de las Naciones Unidas en 1993, define la violencia contra la mujer como
"todo acto de violencia basado en el género que tiene como resultado posible o real un
daño físico, sexual o psicológic o, incluidas las amenazas, la c oerción o la privación arbitraria
de la libertad, ya sea que ocurra en la vida pública o en la vida privada. Abarca, sin carácter
limitativo, "la v iolencia física, sexual y psicológica en la familia, incluidos los golpes, el abuso
sexual de las niñas en el hogar, la violencia relacionada con la dote, la violación por el
mismo conviviente, la mutilación genital y otras prácticas tradicionales que atentan contra
la mujer, la violencia ejercida por personas distintas al conviviente y la violencia relacionada
con la explotación; la violencia física, sexual y psicológica al nivel de la comunidad en
general, incluidas las violaciones, los abusos sexuales, el hostigamiento y la intimidación
sexual en el trabajo, en instituciones educacionales y en otros ámbitos, el tráfico de mujeres
y la prostitución forzada; y la violencia física, sexual y psicológica perpetrada o tolerada por
el Estado, donde quiera que ocurra.
La Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la
Mujer, conocida como Convención de Belén do Pará (sitio de su adopción en 1994), define
la violencia contra las mujeres como “cualquier acción o conducta (…), que cause muerte,
daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico a la mujer, tanto en el ámbito público como
en el privado”, establece el derecho de las mujeres a vivir una vida libre de violencia y
destaca a la violencia como una violación de los derechos humanos y de las libertades
fundamentales. Propone por primera vez el desarrollo de mecanismos de protección y
defensa de los derechos de las mujeres como fundamentales para luchar contra el
fenómeno de la violencia contra su integridad física, sexual y psicológica, tanto en el ámbito
público como en el privado, y su reivindicación dentro de la sociedad.
Este tipo de vulneración al derecho a la integridad personal, que incluye el derecho a una
vida libre de violencia, se puede considerar como la expresión extrema de la discriminación
en contra de las mujeres, que limita su acceso y permanencia en el sistema educativo, en
el mercado laboral y en las instancias de toma de decisiones.
La pandemia por coronavirus COVID19 requirió del Estado ecuatoriano el 16 de marzo la
expedición de una declaratoria de emergencia (Decreto 1017) que entre otras acciones,
dispuso el confinamiento y la restricción de movilidad para evitar la expansión de contagios.
En este sentido, las principales manifestaciones de la crisis sobre las mujeres en el mundo
y que no sería diferente en Ecuador, reflejaron la profundización de la violencia intrafamiliar
en periodo de confinamiento, la necesidad de cuidar los derechos sexuales y reproductivos
durante este periodo, y los efectos en términos socioeconómicos sobre subempleo,
desempleo y pobreza vinculada a la economía del cuidado y la distribución equitativa de
Viernes 22 de abril de 2022Registro Ocial - Edición Especial Nº 149
19
Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal
del Cantón Lomas de Sargentillo
PERIODO 2019-2023
Ley 159 Registro Oficial Julio 22 de 1992
Provincia del Guayas - Ecuador
Av. El Telégrafo y Alberto Sarmiento. Telf.: 2799493
2
estas tareas entre hombres y mujeres dentro del hogar. Aspectos que resultarán
imprescindibles para el análisis, diseño y gestión de respuestas a la crisis y sus efectos
sobre las mujeres.
En el Ecuador, según datos oficiales, 6 de cada 10 mujeres, ha sufrido algún tipo de
violencia.
En las últimas décadas, los movimientos de mujeres y las organizaciones feministas
ecuatorianas han realizado importantes esfuerzos para incidir a nivel nacional y local, en la
construcción de instrumentos y normativas específicas que consideren la violencia
doméstica como un asunto de interés e intervención del Estado. Como consecuencia de
eso, en 1995 el Congreso Nacional aprobó la LeyNº 103 contra la Violencia a la Mujer y la
Familia, dotando de un marco normativo específico el funcionamiento de comisarías de
policía especializadas en materia de violencia. Esta representaba una ley de primera
generación.
En el año 2011 se realiza la primera Encuesta Nacional sobre Relaciones Familiares y
Violencia de Género contra las mujeres, realizada por el Instituto Nacional de Estadística y
Censos (INEC) en todo el Ecuador, con el aporte financiero del Ministerio del Interior y la
asistencia técnica del Consejo Nacional para la Igualdad de Género.
De acuerdo a los datos arrojados por esta encuesta, el 60,6% de las mujeres a nivel
nacional ha sufrido algún tipo de violencia. Del total de las mujeres, el 13.8% sufrió abuso
sexual a los 14 años, y se calcula que un 6,7% de mujeres pertenecientes a todas las
edades ha sido violada. Esto equivale a que 380 mil mujeres ecuatorianas han sufrido este
tipo de agresión, con significativos impactos en su salud física, emocional y psicológica.
Asimismo, la forma de violencia más recurrente es la psicológica con el 53,9%, seguida por
la física con el 38%, la patrimonial con el 35,3% y la sexual con el 25,7%.
La encuesta también señaló que las mujeres indígenas y afro descendientes presentan una
situación de mayor vulnerabilidad, que se expresa en un riesgo mayor de sufrir violencia,
así como las mujeres con baja escolaridad, y pertenecientes a los quintiles 1 y 2.
Acorde al informe “Estado de Derechos de Niñez y Adolescencia Ecuatoriana” (EDNA)
2012, El 78% de las niñas ha sufrido algún tipo de maltrato en sus hogares, y el 41% en las
escuelas e instituciones educativas. El 69% de las niñas (entre 10 y 15 años) han sido
víctimas de violencia de género, especialmente abuso sexual. De la misma manera, el
informe señala que el castigo corporal y el abuso psicológico son métodos socialmente
aceptados de crianza, disciplina y resolución de conflictos.
Otro elemento a destacar es la transmisión intergeneracional de la violencia. En este
sentido, la encuesta revela que el 39% de las niñas, niños y adolescentes que han sufrido

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR