Ordenanzas Municipales. Cantón Macará: De Creación del Barrio “Nuevo Portachuelo de Laguar” de la parroquia y cantón Macará

Número de Boletín159
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Miércoles 27 de abril de 2022 Edición Especial Nº 159 - Registro Ocial
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EL CONCEJO MUNICIPAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO
DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN MACARÁ
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La Constitución de la República del Ecuador, en su artículo 30, garantiza a las personas el
"derecho a un hábitat seguro y saludable, y a una vivienda adecuada y digna, con independencia
de su situación social y económica"; y, a su vez, establece que los gobiernos autónomos
descentralizados municipales tienen la competencia exclusiva para planificar el desarrollo
cantonal, así como para ejercer el control sobre el uso y ocupación del suelo en el cantón
(artículo 264, numerales 1 y 2).
La Administración Municipal, a través de la Dirección de Planificación, gestiona procesos
tendientes a regularizar la ocupación informal del suelo de aquellos asentamientos humanos de
hecho y consolidados que se encuentran en el cantón Macará, siguiendo para el efecto un
proceso socio organizativo, legal y técnico, que permita determinar el fraccionamiento de los
lotes en cada asentamiento; y, por tanto, los beneficiarios del proceso de regularización.
Dicho asentamiento humano de hecho y consolidado de interés social no cuenta con
reconocimiento legal por parte de la Municipalidad, por lo que se gestionó el proceso tendiente
a regularizar el mismo.
En este sentido, la presente ordenanza contiene la normativa tendiente al fraccionamiento del
predio sobre el que se encuentra el asentamiento humano de hecho y consolidado de interés
social denominado Barrio “NUEVO PORTACHUELO DE LAGUAR”, a fin de garantizar a
los beneficiarios el ejercicio de su derecho a la vivienda y el acceso a servicios básicos de calidad.
Este barrio fue poblado por destacados núcleos familiares, que con su diario trabajo han venido
generando progreso, a este naciente sector.
Un representativo número de moradores del sector denominado “NUEVO PORTACHUELO
DE LAGUAR”, han solicitado que dicho sector se eleve a categoría de barrio, con el propósito
de fomentar el desarrollo económico y social.
El sector “NUEVO PORTACHUELO DE LAGUAR”, constituye un elemento fundamental
dentro del desarrollo agrícola, agropecuario y económico de la parroquia y cantón Macará; por
estos motivos, es necesario que el Concejo Municipal eleve a categoría de barrio al sector
denominado “NUEVO PORTACHUELO DE LAGUAR”, con su respectiva delimitación y
tomando en cuenta la configuración territorial, identidad, historia y la aplicación del principio
de equidad territorial.
CONSIDERANDO
Que, el artículo 30 de la Constitución de la República establece que: “Las personas tienen
derecho de un habitad seguro y saludable, y a una vivienda adecuada y digna, con
independencia de su situación social y económica.”
Que, el artículo 31 del mismo cuerpo normativo, expresa que: “Las personas tienen derecho al
disfrute en pleno de la ciudad y de sus espacios públicos, bajo los principios de sustentabilidad,
justicia social, respeto a las diferentes culturas urbanas y equilibrio entre lo urbano y rural. El

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