Cantón Macará: Reformatoria del Plan de Ordenamiento Territorial y Plan de Uso y Gestión del Suelo, alineado a los objetivos estratégicos y metas del Plan Nacional de Desarrollo 2021 - 2025
Fecha de publicación | 21 Marzo 2022 |
Número de Gaceta | 55 |
Lunes 21 de marzo de 2022 Edición Especial Nº 55 - Registro Ocial
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EL CONCEJO MUNICIPAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO
DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN MACARÁ
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Los Planes de Desarrollo y Ordenamiento Territorial, prioriza todos aquellos aspectos que
son de transcendencia para el desarrollo Cantonal además es competencia privativa del
Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal la regulación del uso y ocupación del suelo,
en cuyo caso los demás niveles de gobierno deben respetar esas decisiones municipales, las
que deben gozar de legitimidad expresada a través de los espacios de participación ciudadana.
Una adecuada y eficaz planificación del desarrollo, que goce de legitimidad expresada por los
distintos actores sociales, son de mucha trascendencia local; sin embargo, esa participación
ciudadana debe ser ordenada y organizada para evitar confusiones y caos, acorde con la
realidad cantonal, en cuyo propósito se hace indispensable expedir normas regulatorias
locales, con base en la normativa constitucional y legal aplicable al caso concreto.
Es necesario que, a través de una real Planificación y los componentes del Plan de Desarrollo
y Ordenamiento Territorial, se priorice garantizar los derechos de las personas, por lo que se
propone un Plan que responda a las realidades del cantón en su situación actual y de forma
prospectiva.
Al ser uno de los objetivos del régimen de desarrollo, promover un ordenamiento territorial
equilibrado y equitativo que integre las distintas actividades que se generan en el Cantón, y
que coadyuven a la unidad del Estado, es necesario incorporar las normas sobre la alineación
de los Objetivos Estratégicos del PDOT del Cantón Macará, con el Plan Nacional de
Desarrollo 2021-2025, Plan de Creación de Oportunidades.
CONSIDERANDO:
Que, mediante resolución N° 002-2021-CNP, el Consejo Nacional de Planificación, en su
Art. 1 señala que conoció y aprobó el Plan Nacional de Desarrollo 2021 – 2025, en su
integridad y contenido.
Que, en el Art. 2, IBIDEM, dispone a la Secretaría Nacional de Planificación, de
conformidad al Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas y su reglamento, emita
las directrices y/o instrumentos necesarios con el fin de que la gestión pública, sus planes
y/o proyectos a nivel nacional y territorial, estén alineados con el PND 2021 – 2025.
Que, mediante Acuerdo N° SNP-SNP-2021-0010-A, en su Art. 1, referido al OBJETO,
establece que: El presente Acuerdo tiene por objeto establecer las directrices para la
alineación de los objetivos estratégicos y metas de los planes de desarrollo y ordenamiento
territorial vigentes de los gobiernos autónomos descentralizados con el nuevo Plan Nacional
de Desarrollo 2021-2025, en el marco del Sistema Nacional Descentralizado de Planificación
Participativa, para garantizar la adecuada articulación entre la planificación y el ordenamiento
territorial en los diferentes gobiernos autónomos descentralizados.
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