Ordenanzas Municipales. Cantón Mejía: Reformatoria de la Ordenanza reformatoria del Plan de Desarrollo y Ordena-miento Territorial (PDOT) y de implementación del Plan de Uso y Gestión del Suelo (PUGS)

Número de Boletín831
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Registro Ocial - Edición Especial Nº 831
9
Lunes 17 de abril de 2023
GOBIERNO A.D. MUNICIPAL DEL CANTÓN MEJÍA
SECRETARIA GENERAL
Administración 2019 - 2023
1
EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO
MUNICIPAL DEL CANTÓN MEJÍA
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 31 de la Constitución de la República dispone que las personas tienen
derecho al disfrute pleno de la ciudad y de sus espacios públicos, bajo los principios
de sustentabilidad, justicia social, respeto a las diferentes culturas urbanas y equilibrio
entre lo urbano y lo rural, y que el ejercicio del derecho a la ciudad se basa en la
gestión democrática de ésta, en la función social y ambiental de la propiedad y de la
ciudad, y en el ejercicio pleno de la ciudadanía;
Que, el numeral 2 del artículo 66 de la Constituciónde la República reconoce y
garantiza a las personas el derecho a una vida digna que asegure la vivienda y otros
servicios sociales necesarios;
Que, el artículo 82 de la Constitución de la República, consagra: El derecho a la
seguridad jurídica se fundamenta en el respeto a la Constitución y en la existencia de
normas jurídicas previas, claras, públicas y aplicadas por las autoridades
competentes;
Que, el artículo 83 de la Constitución de la República establece entre los deberes de
los ciudadanos, el promover el bien común y anteponer el interés general al interés
particular, conforme el buen vivir; y, asumir las funciones públicas como un servicio
a la colectividad y rendir cuentas a la sociedad y a la autoridad, de acuerdo con la ley;
Que, el artículo 226 de la Constitución de la República dispone que: Las
instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores
públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán
solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas en la Constitución y
la ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines y
hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución;
Que, el artículo 227 de la Constitución de la República establece que: La
administración pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los
principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración,

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