Ordenanzas Municipales. Cantón Mejía: Que regula la implementación y funcionamiento del centro de comercialización de productores agrícolas “Señor de la Santa Escuela”
Número de Boletín | 161 |
Sección | Ordenanzas Municipales |
Emisor | Gobiernos Autónomos Descentralizados |
Miércoles 27 de abril de 2022Registro Ocial - Edición Especial Nº 161
29
GOBIERNO A.D. MUNICIPAL DEL CANTÓN MEJÍA
SECRETARÍA GENERAL
Administración 2019 - 2023
1
EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO
MUNICIPAL DEL CANTÓN MEJÍA
CONSIDERANDO
Que, el artículo 13 de la Constitución de la República establece: "Las personas y
colectividades tienen derecho al acceso seguro y permanente a alimentos sanos,
suficientes y nutritivos; preferentemente producidos a nivel local y en correspondencia
con sus diversas identidades y tradiciones culturales (…)”;
Que, el artículo 33 de la Constitución establece: "El trabajo es un derecho y un deber social,
y un derecho económico, fuente de realización personal y base de la economía...";
Que, Los artículos 226 y 227 de la Constitución establecen que las instituciones del Estado,
las servidoras o servidores públicos ejercerán solamente las competencias y
facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la Ley; que la administración
pública constituye un servicio a la colectividad, que se rige por los principios de
eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización,
coordinación, participación, planificación, transparencia y evaluación;
Que, el último inciso del Art. 264 de la Constitución de la República del Ecuador, en el ámbito
de sus competencias y territorio, faculta a los gobiernos municipales expedir
ordenanzas cantonales;
Que, el artículo 276 numeral 2 de la Constitución de la República del Ecuador, que habla
sobre el régimen de desarrollo económico.
Que, el artículo 281 de la Constitución de la República del Ecuador capítulo tercero,
soberanía alimentaria, establece: que la soberanía alimentaria constituye un objetivo
estratégico y una obligación del Estado, para garantizar que las personas, pueblos,
comunidades y nacionalidades alcancen la autosuficiencia de alimentos sanos y
culturalmente apropiados de forma permanente.
Que, el artículo 283 de la Constitución de la República del Ecuador, establece sobre el
sistema económico, social y solidario y de la política económica.
Que, el artículo 319 de la Constitución de la República del Ecuador, establece las formas
de organización de la producción y su gestión.
Que, el artículo 334 de la Constitución de la República del Ecuador, establece que el Estado
promoverá el acceso equitativo a los factores de producción.
Que, el artículo 389 de la Constitución de la República del Ecuador, establece que el Estado
protegerá a las personas, las colectividades y la naturaleza frente a los efectos
negativos de los desastres de origen natural o antrópico mediante la prevención ante
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba