Ordenanzas Municipales. Cantón Mera: Que Expide La Tercera Ordenanza Reformatoria A La Ordenanza Sustitutiva De La Ordenanza Que Reglamenta El Cobro De La Tasa Por Servicio De Agua Potable

Número de Boletín118
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
16 – Lunes 23 de octubre de 2017 Edición Especial Nº 118 – Registro Of‌i cial
Dada y f‌i rmada en la sala de sesiones del Gobierno
Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón La Joya
de los Sachas, a los 20 días del mes de junio del año 2017.
f.) Tlgo. Rodrigo Fabián Román Galarza, Alcalde del
GADMCJS.
f.) Dr. Alex Weyner Tejada Chávez, Secretario General.
Doctor Alex Weyner Tejada Chávez, Secretario
General del Gobierno Autónomo Descentralizado
Municipal del Cantón La Joya de los Sachas, Certif‌i co.-
Que la ORDENANZA QUE REGLAMENTA
LA PLANIFICACIÓN, ADMINISTRACIÓN Y
MANEJO DE RECURSOS ECONÓMICOS PARA
LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO: “EXPO
SACHA, PARA LA PROMOCIÓN TURÍSTICA,
CULTURAL, AGROPECUARIA, COMERCIAL Y
TECNOLÓGICA, EN EL CANTÓN LA JOYA DE
LOS SACHAS”, fue discutida y aprobada por los señores
miembros del Órgano Legislativo del Gobierno Autónomo
Descentralizado Municipal del Cantón La Joya de los
Sachas, en la sesión Ordinaria de fecha 16 de junio y
Sesión Extraordinaria de fecha 20 de junio del año 2017,
lo certif‌i co.
f.) Dr. Alex W. Tejada Chávez, Secretario General del
GADMCJS.
TECNÓLOGO RODRIGO FABIÁN ROMÁN
GALARZA, ALCALDE DEL GOBIERNO
AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL
DEL CANTÓN LA JOYA DE LOS SACHAS, a los
21 días del mes de junio del año 2017, a las 10H30,
de conformidad con lo establecido en el inciso cuarto
Territorial, Autonomía y Descentralización, SANCIONO
LA ORDENANZA QUE REGLAMENTA LA
PLANIFICACIÓN, ADMINISTRACIÓN Y
MANEJO DE RECURSOS ECONÓMICOS PARA
LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO: “EXPO
SACHA, PARA LA PROMOCIÓN TURÍSTICA,
CULTURAL, AGROPECUARIA, COMERCIAL Y
TECNOLÓGICA, EN EL CANTÓN LA JOYA DE
LOS SACHAS”, la misma que entrará en vigencia a partir
de su sanción sin perjuicio de su publicación en la Gaceta
Of‌i cial; sitios Web del Gobierno Municipal.
f.) Tlgo. Rodrigo Fabián Román Galarza, Alcalde del
GADMCJS.
Doctor Alex Weyner Tejada Chávez, Secretario General
del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal
del Cantón La Joya de los Sachas. Certif‌i co.- Que la
presente Ordenanza que antecede fue expedida por Órgano
Legislativo y sancionada por el Alcalde del Gobierno
Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón La Joya
de los Sachas, a los 21 días del mes de junio del año 2017.
f.) Dr. Alex W. Tejada Chávez, Secretario General del
GADMCJS.
GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO
MUNICIPAL DE LA JOYA DE LOS SACHAS.- Que el
presente documento es f‌i el copia del original que reposa en
los archivos de Secretaría General del Gobierno Autónomo
Descentralizado Municipal de La Joya de los Sachas.-
Atentamente. f.) Dr. Alex Tejada Chávez, Secretario
General.- La Joya de los Sachas, 06 de septiembre de 2017.
EL CONCEJO CANTONAL DE MERA
Considerando:
Que, el artículo 264 de la Constitución Política del
Ecuador, expresa que los Gobiernos Municipales tendrán
competencias, exclusivas, sin perjuicio de otras que
determine la Ley, como crear, modif‌i car o suprimir
mediante ordenanzas, tasas y contribuciones especiales de
mejoras;
Autonomía y Descentralización, dentro de las atribuciones
del Concejo Municipal, contenidas en el artículo 57, literal
b, c, y, faculta regular mediante ordenanzas la aplicación
de tributos previstos en la ley; así como crear, modif‌i car,
exonerar o extinguir tasas y contribuciones especiales por
los servicios que presta y obras que ejecute; y reglamentar
los sistemas mediante los cuales se efectuará la recaudación
e inversión de las rentas municipales.
Que, entre los más importantes f‌i nes que debe cumplir
el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del
Cantón Mera, está la prestación de servicios públicos,
que coadyuven a la satisfacción de las más elementales
necesidades de la colectividad, siendo estas, la dotación de
agua potable.
Que, el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal
del Cantón Mera debe ejercer la administración de los
servicios que presta, adoptando las medidas administrativas
más indispensables, que permitan preservar las inversiones
realizadas e incrementarlas en la medida que la circunstancia
y disponibilidad f‌i nanciera lo permitan.
Que, el constante deterioro del poder adquisitivo de la
moneda obliga a que los valores que se recauden por
prestación de servicios, deben autorizarse periódicamente a
f‌i n de que la Municipalidad pueda disponer de los recursos
que le permita mantener y mejorar el sistema de agua
potable.
Que, a través de Registro Of‌i cial Nº. 874, de fecha martes
01 de noviembre de 2016, se publicó la Segunda Ordenanza
Reformatoria a la Ordenanza Sustitutiva de la Ordenanza
que Reglamenta el Cobro de la Tasa por Servicio de Agua
Potable en el Cantón Mera.
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