Cantón Mocha: De remisión de intereses, multas y recargos provenientes de impuestos, tasas y contribuciones especiales de mejoras
Número de Boletín | 509 |
Sección | Ordenanzas Municipales |
Emisor | Gobiernos Autónomos Descentralizados |
Fecha de la disposición | 11 de Mayo de 2015 |
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN MOCHA
Considerando:
Que, el artículo 300 de la Constitución de la Repúblicadel Ecuador establece que el régimen tributario se regirá, entre otros, por los principios de generalidad, simplicidad administrativa, equidad, transparencia y suficiencia recaudatoria, y fomentará conductas ecológicas, económicasy sociales responsables;
Que, el artículo 310 de la Constitución de la Repúblicaseñala que el sector financiero público tendrá como finalidad la prestación sustentable, eficiente, accesible y equitativade servicios financieros. El crédito que otorgue se orientaráde manera preferente a incrementar la productividad y competitividad de los sectores productivos que permitanalcanzar los objetivos del Plan de Desarrollo y de losgrupos menos favorecidos, a fin de impulsar su inclusión activa en la economía;
Que, el artículo 389 de la Constitución de la Repúblicadetermina que el Estado protegerá a las personas, lascolectividades y la naturaleza frente a los efectos negativosde los desastres de origen natural o antrópico mediante la prevención ante el riesgo, la mitigación de desastres, la recuperación y mejoramiento de las condiciones sociales, económicas y ambientales, con el objeto de minimizar la condición de vulnerabilidad;
Que, el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, en su artículo 2 literal a) consagra la autonomía política, administrativa y financiera de los gobiernos autónomos descentralizados;
Que, de conformidad con el artículo 54 letra b) del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Mocha, tiene entre sus funciones la de diseñar e implementar políticas de promoción y construcción de equidad e inclusión en su territorio, en el marco de sus competencias constitucionales y legales;
Que, el artículo 4 del Código Tributario señala que lasleyes tributarias determinarán el objeto imponible, lossujetos activo y pasivo, la cuantía del tributo o la forma deestablecerla, las exenciones y deducciones; los reclamos, recursos y demás materias reservadas a la ley que debanconcederse conforme a este Código;
Que, de conformidad con el artículo 54 del Código Tributario, determina que las deudas sólo podrán condonarse o remitirse en virtud de la ley, en la cuantía y con los requisitos que en la misma se determinen, siendo facultad de la máxima autoridad condonar intereses y multas que provengan de obligaciones tributarias;
Que, en el Registro Oficial No. 493 de fecha 5 de mayo del año 2015 se publicó la Ley Orgánica de Remisión de Intereses, Multas y Recargos; determinándose en forma expresa en su Art. 4 que: "Mediante ordenanza, los gobiernos autónomos descentralizados, dentro de los plazos, términos y condiciones previstos en la presente ley, podrán condonar intereses, multas y recargos derivados de obligaciones tributarias de su competencia, originadas en la Ley o en sus respectivas ordenanzas, incluyendo a sus empresas públicas;
Que, es necesario expedir normas legales que faculten a los sujetos pasivos del cantón Mocha cumplir con las obligaciones tributarias en mora para con el GAD Municipal; y, de esta manera permitir que la entidad cuente con recursos económicos que le permitan emprender nuevas obras en beneficio de la ciudad;
Que, el artículo 60 literal e) del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, otorga al Alcalde la atribución de presentar con facultad privativa, proyectos de ordenanzas en materia tributaria en el ámbito de competencias del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal;
En ejercicio de la facultad establecida en el artículo 57 letra a) del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, en concordancia con el último inciso del artículo 264 de la Constitución de la República del Ecuador,
Expide:
La "ORDENANZA DE REMISIÓN DE INTERESES, MULTAS Y RECARGOS PROVENIENTES DE IMPUESTOS, TASAS Y CONTRIBUCIONES ESPECIALES DE MEJORAS EN EL CANTÓN MOCHA"
Objeto.- La presente Ley rige para...
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