Cantón Montalvo: Que regula la prestación de ayuda social por parte del GADM

Número de Boletín488
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Registro Ocial - Segundo Suplemento Nº 488
39
Martes 6 de julio de 2021
1
EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL
DEL CANTÓN MONTALVO
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución de la República del Ecuador establece en el art 47.- El Estado garantizará
políticas de prevención de las discapacidades y de manera conjunta con la sociedad y la familia,
procurará la equiparación de oportunidades para las personas con discapacidad y su integración
social.
Que, el Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización señala en el
Art. 249.- Presupuesto para los grupos de atención prioritaria.- No se aprobará el presupuesto del
Gobierno Autónomo Descentralizado si en el mismo no se asigna, por lo menos, el diez por ciento
(1O%) de sus ingresos no tributarios para el financiamiento de la planificación y ejecución de
programas sociales para la atención a grupos de atención prioritaria.
Que, el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Montalvo, según lo
establecido en el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización,
ha implementado un sistema de protección integral a los grupos de atención prioritaria de su
jurisdicción para garantizar los derechos consagrados en la Constitución.
Que, Con fecha 10 de junio de 2.015 el Concejo Municipal aprobó la ordenanza para la creación
de la Unidad de Desarrollo Social del GADMCM.
En uso de las facultades y atribuciones contempladas en la Constitución de la República y Código
Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización resuelve:
EXPEDIR:
LA ORDENANZA QUE REGULA LA PRESTACIÓN DE AYUDA SOCIAL POR PARTE
DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN
MONTALVO
Art. 1.- OBJETIVO.- el objeto de la presente ordenanza es normar las prestaciones de ayuda
social que realiza el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Montalvo.
Art. 2.- ÁMBITO DE APLICACIÓN.- La presente Ordenanza es de estricta aplicación en la
jurisdicción del cantón Montalvo para quienes soliciten ayuda social y para los responsables
encargados de los departamentos correspondientes del Gobierno Autónomo Descentralizado
Municipal del cantón Montalvo que participen en el proceso.
Art. 3.-ÓRGANOS COMPETENTES.- La Dirección de Desarrollo Local y Acción Social, a
través de la Unidad de Emprendimiento Social y Desarrollo Comunitario es la competente para
entregar la ayuda social en nombre del GADMCM.
Art. 4.-PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO. - La ayuda social deberá ser debidamente
planificada y presupuestada por la indicada Dirección de Desarrollo Local y Acción Social.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR