Ordenanzas Municipales. Cantón Montúfar: Para la administración del fondo fijo de combustible y para peajes
Número de Boletín | 875 |
Sección | Ordenanzas Municipales |
Emisor | Gobiernos Autónomos Descentralizados |
Fecha de la disposición | 20 de Diciembre de 2012 |
EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE MONTÚFAR
Considerando:
Que, en conformidad con lo que prescriben los Arts. 240 y 264 de la Constitución de la República, los municipios gozan de la prerrogativa de expedir ordenanzas cantonales que tendrán vigencia dentro de su jurisdicción territorial;
Que, los Arts. 1, 3, 6, 238 y 264 de la Constitución de la República, las competencias exclusivas del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón derivan de la Constitución y la ley, sin que un organismo distinto pueda o deba asumirlo y comprende el derecho y la capacidad efectiva para regirse mediante normas y órganos de gobierno propios, cuyas garantías se encuentran tipificadas en los Arts. 5, 6 y 8 del COOTAD;
Que, el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, en el artículo 5 establece la autonomía política, administrativa y financiera de los gobiernos autónomos descentralizados y regímenes especiales prevista en la Constitución comprende el derecho y la capacidad efectiva de estos niveles de gobiernos para regirse mediante normas y órganos de gobiernos propios, en sus respectivas circunscripciones territoriales, bajo su responsabilidad sin intervención de otro nivel de gobierno y en beneficio de sus habitantes. (...); y, el Art. 6 ibídem, garantiza la autonomía política, administrativa y financiera, propia de los gobiernos autónomos descentralizados;
Que, el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, en el artículo 7 otorga la facultad normativa, para el pleno ejercicio de sus competencias y de las facultades, que de manera concurrente podrán asumir, se reconoce a los concejos (...) municipales, la capacidad para dictar normas de carácter general, a través de ordenanzas, acuerdos y resoluciones, aplicables dentro de su circunscripción territorial (...);
Que, el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización en el artículo 57 literal a), determina que es atribución del Concejo Municipal, El ejercicio de la facultad normativa en las materias de competencia del gobierno autónomo descentralizado municipal, mediante la expedición de ordenanzas cantonales, acuerdos y resoluciones.
Que el Concejo Municipal, aprobó el Reglamento para la utilización...
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