Ordenanzas Municipales. Cantón Montúfar: Para regular la tarifa por prestación del servicio gestión integral de residuos sólidos no peligroso domiciliarios y comerciales

Número de Boletín505
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Registro Ocial - Tercer Suplemento Nº 505
15
Jueves 29 de julio de 2021
ADMINISTRACIÓN
2019-2023
S E C R E T A R Í A G E N E R A L
Página | 1
SAN GABRIEL - CARCHI - ECUADOR
http://gadmontufar.gob.ec
ORDENANZA QUE REGULA EL MODELO TARIFARIO DE COBRO POR
LA PRESTACION DEL SERVICIO DE GESTION INTEGRAL DE
RESIDUOS SOLIDOS NO PELIGROSOS Y DESECHOS SANITARIOS EN
EL CANTON MONTÚFAR
EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO
MUNICIPAL DE MONTÚFAR
CONSIDERANDO
Que, el artículo 14 de la Constitución de la República reconoce a la población el derecho
a vivir en un ambiente sano y ecológicamente equ ilibrado, que garantice la sostenibilidad
y el buen vivir, Sumak Kawsay. Además, declara de interés público la preservación del
ambiente, la conservación de los ecosistemas, la biodiversidad y la integridad del
patrimonio genético del país, la prevención del daño ambiental y la recuperación de los
espacios naturales degradados;
Que, el artículo 15 de la Constitución de la República señala que el Estado promoverá, en
el sector público y privado, el uso de tecnologías ambientalmente limpias y de energías
alternativas no contaminantes y de bajo impacto;
Que, el artículo 66, numeral 27 de la Constitución de la República gara ntiza a las personas
el derecho a vivir en un ambiente sano, ecológicamente equilibrado, libre de
contaminación y en armonía con la naturaleza;
Que, el artículo 83, numeral 6 de la Constitución de la República establece que son deberes
y responsabilidades de las ecuatorianas y los ecuatorianos, entre otros, el respetar los
derechos de la naturaleza, preservar un ambiente sano y utilizar los recursos naturales de
modo racional, sustentable y sostenible;
Que, el artículo 240 de la Constitución de la República determina que los gobiernos
autónomos descentralizados tendrán facultades legislativas en el ámbito de sus
competencias y jurisdicciones y ejercerán las facultades ejecutivas en el ámbito de sus
competencias y jurisdicciones territoriales.
gobiernos municipales tienen, entre varias competencias exclusivas, prestar entre otros
servicios públicos, el de manejo de desechos sólidos.
Que, el artículo 276, numeral 4 de la Constitución de la República señala que el régimen
de desarrollo tendrá entre otros los siguientes objetivos: recuperar y conservar la
naturaleza y mantener un ambiente sano y sustentable que garantice a las personas y
colectividades el acceso equitativo, permanente y de calidad al agua, aire y suelo, y a los

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