Ordenanzas Municipales. Cantón Morona: Que expide la primera reforma a la Ordenanza del asentamiento humano de interés social y consolidado del sector Paraíso Fase “ I ”

Número de Boletín449
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Tercer Suplemento Nº 449 - Registro Ocial
106
Martes 11 de mayo de 2021
GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Que, mediante Resolución N° 0159 de fecha 19 de junio del 2014, el Alcalde del Go-
bierno Municipal del cantón Morona, Dr. Roberto Villarreal Cambizaca, resolvió crear
la Unidad de “Legalización de Tierras” multidisciplinaria conformada por Especialistas
en Legalización de Tierras y en Arquitectura; un Promotor Social y un Técnico de To-
pografía;
Que, el artículo 264 de la Constitución de la República del Ecuador establece “Los Go-
biernos municipales tendrán las siguientes competencias exclusivas, sin perjuicio de
otras que determine la ley; numeral
1.- Planificar el desarrollo cantonal y formular los correspondientes planes de ordena-
miento territorial, de manera articulada con la planificación nacional, con el fin de regu-
lar el uso y
ocupación del suelo urbano y rural; numeral
2.- Ejercer el control sobre el uso y cupación del suelo en el cantón”.
centralización establece “Funciones.- Son funciones del gobierno autónomo descen-
tralizado municipal las siguientes: c) Establecer el régimen de uso del suelo y urbanís-
tico, para lo cual determinará las condiciones de urbanización, parcelación, lotización,
división o cualquier otra forma de fraccionamiento de conformidad con la planificación
cantonal, asegurando porcentajes para zonas verdes y áreas comunales”;
centralización establece “Atribuciones del concejo municipal.- Al concejo
municipal le corresponde: a) El ejercicio de la facultad normativa en las materias de
competencia del gobierno autónomo descentralizado municipal,
mediante la expedición de ordenanzas cantonales, acuerdos y resoluciones; x) Regu-
lar y controlar, mediante la normativa cantonal correspondiente, el uso del suelo en el
territorio del cantón, de conformidad con las leyes sobre la materia, y establecer el ré-
gimen urbanístico de la tierra”;
Descentralización establece “Porcentaje de área verde, comunal y vías.- En la división
de suelo para fraccionamiento y urbanización, a criterio técnico de la municipalidad se
entregará por una sola vez como mínimo el quince por ciento (15%) y máximo el vein-
ticinco por ciento (25%) calculado del área útil del terreno en calidad de áreas verdes y
comunales, de acuerdo con el Plan de Ordenamiento Territorial, destinando exclusiva-
mente para áreas verdes al menos el cincuenta por ciento de la superficie entregada”.
1

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR