Ordenanzas Municipales. Cantón Morona: Que Reforma A La Ordenanza Que Regula La Instalación Y Funcionamiento De Camales, Frigoríficos, Control De Carnes De Consumo Humano A Nivel De Tercenas Municipales, Particulares Y Parroquiales, Transporte Y Comercio

Número de Boletín1025
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Martes 16 de mayo de 2017 – 43Registro Of‌i cial – Edición Especial Nº 1025
DISPOSICIÓN FINAL
La presente la Ordenanza, entrará en vigencia a partir de
su aprobación, publicación en la Página Web Institucional,
sin perjuicio de su publicación en la Gaceta Municipal y el
Registro Of‌i cial.
Dada y f‌i rmada en la sala de sesiones del Ilustre Concejo
Cantonal del Gobierno Autónomo Descentralizado
Municipal de Valencia, a los 23 días del mes de marzo del
2017.
f.) Ing. Juan Carlos Troya Fuertes, Alcalde del canton
Valencia.
f.) Ab. John Alvarez Perdomo, Secretario del Concejo.
CERTIFICO: Que la ORDENANZA QUE
REGLAMENTA LA ADMINISTRACIÓN Y EL
FUNCIONAMIENTO DE CEMENTERIOS Y SALAS
DE VELACIÓNES DEL MUNICIPIO DEL CANTON
VALENCIA; ASI COMO DETERNINA SOBRE LOS
PROCEDIMIENTOS Y CARACTERISTICAS PARA
LA APROBACION Y FUNCIONAMIENTO DE
CEMENTERIOS PARTICULARES, fue debidamente
discutida y aprobada por el Concejo Municipal del GAD
Municipal del Cantón Valencia, en dos sesiones distintas,
celebradas a los 13 días del mes de agosto de 2015 y 23
de marzo de 2017, de conformidad con lo dispuesto en el
Valencia, 23 de marzo de 2017.
f.) Ab. John Alvarez Perdomo, Secretario del Concejo.
ALCALDÍA DEL CANTÓN.- En Valencia, a los 23 días del
mes de marzo de 2017.- De conformidad con las disposiciones
contenidas en el Art. 324 del COOTAD, habiéndose
observado el trámite legal y por cuanto la ORDENANZA
QUE REGLAMENTA LA ADMINISTRACIÓN Y EL
FUNCIONAMIENTO DE CEMENTERIOS Y SALAS
DE VELACIÓNES DEL MUNICIPIO DEL CANTON
VALENCIA; ASI COMO DETERNINA SOBRE LOS
PROCEDIMIENTOS Y CARACTERISTICAS PARA
LA APROBACION Y FUNCIONAMIENTO DE
CEMENTERIOS PARTICULARES, está de acuerdo con
la constitución y Leyes de la República.- SANCIONO.- La
presente Ordenanza para que entre en vigencia a partir de
su aprobación, publicación en la Página Web Institucional,
sin perjuicio de su publicación en la Gaceta Municipal y el
Registro Of‌i cial.
Valencia, 23 de marzo de 2017.
f.) Ing. Juan Carlos Troya Fuertes, Alcalde del canton
Valencia.
SECRETARÍA GENERAL.- Valencia, 23 de marzo de
2017, proveyó, f‌i rmó y ordenó la promulgación inmediata
de la ORDENANZA QUE REGLAMENTA LA
ADMINISTRACIÓN Y EL FUNCIONAMIENTO DE
CEMENTERIOS Y SALAS DE VELACIÓNES DEL
MUNICIPIO DEL CANTON VALENCIA; ASI COMO
DETERMINA SOBRE LOS PROCEDIMIENTOS
Y CARACTERISTICAS PARA LA APROBACION
Y FUNCIONAMIENTO DE CEMENTERIOS
PARTICULARES, Ing. Juan Carlos Troya Fuertes, Alcalde
del Cantón Valencia.
Valencia, el 23 de marzo de 2017.
f.) Ab. John Alvarez Perdomo, Secretario del Concejo.
El CONCEJO DEL GOBIERNO MUNICIPAL
DEL CANTÓN MORONA
Considerando:
Ecuador, Dispone “La soberanía alimentaria constituye
un objetivo estratégico y una obligación de Estado para
garantizar que las personas, comunidades, pueblos y
nacionalidades alcancen la autosuf‌i ciencia de alimentos
sanos y culturalmente apropiados en forma permanente”.
COOTAD, determina en su Art. 54 las funciones del
Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal; y, entre
otras en el literal l) dice: “Prestar servicios que satisfagan
necesidades colectivas respecto de los que no exista
una explícita reserva legal a favor de otros niveles de
gobierno, así como la elaboración, manejo y expendio de
víveres; servicios de faenamiento, plazas de mercado y
cementerios.”
COOTAD, Autonomía y Descentralización Municipal en su
Art. 186 inciso 2º dispone que: “Cuando por decisión del
gobierno metropolitano o municipal, la prestación de un
servicio público exija el cobro de una prestación patrimonial
al usuario, cualquiera sea el modelo de gestión o el
prestador del servicio público, esta prestación patrimonial
será f‌i jada, modif‌i cada o suprimida mediante ordenanza;
e inciso 3º:Los municipios aplicarán obligatoriamente las
contraprestaciones patrimoniales que hubieren f‌i jado para
los servicios públicos, aplicando el principio de justicia
redistributiva.”
Que, en el Registro Of‌i cial número 120 de fecha 07 de
Octubre del 2005 se publica la Ordenanza que regula
la Prestación de servicios del Camal Municipal y la
determinación y recaudación de la tasa de rastro.
Que, es necesario aplicar las diferentes leyes que norman los
distintos procesos entre ellos la ley de mataderos vigente.
Que, es necesario sustituir, derogar, reformar y expedir
una nueva ordenanza, con las regulaciones necesarias
para el cumplimiento y óptimo funcionamiento del Camal
Municipal de la ciudad de Macas, y de otros que en lo

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