Ordenanzas Municipales. Cantón Morona: Para el uso obligatorio de mascarilla para circular en el espacio público
Número de Boletín | 511 |
Sección | Ordenanzas Municipales |
Emisor | Gobiernos Autónomos Descentralizados |
12 – Martes 21 de abril de 2020 Edición Especial Nº 511 – Registro Ofi cial
QUE, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 264 de la Constitución, es
competencia de los gobiernos autónomos descentralizados municipales regular
y controlar el uso y ocupación del suelo urbano y rural en su jurisdicción;
Autonomía y Descentralización – COOTAD, determina como fin de los gobiernos
autónomos descentralizados (GAD) la obtención de un hábitat seguro y
saludable para los ciudadanos;
Estado protegerá a las personas, las colectividades y la naturaleza frente a los
efectos negativos de los desastres de origen natural o antrópico mediante la
prevención ante el riesgo, la mitigación de desastres, la recuperación y
mejoramiento de las condiciones sociales, económicas y ambientales, con el
objetivo de minimizar la condición de vulnerabilidad, teniendo, entre otras
funciones el “(…) 5. Articular las instituciones para que coordinen acciones a fin de
prevenir y mitigar los riesgos, así como para enfrentarlos, recuperar y mejorar
las condiciones anteriores a la ocurrencia de una emergencia o desastre (…)”; y
“(…) 6. Realizar y coordinar las acciones necesarias para reducir vulnerabilidades
y prevenir, mitigar, atender y recuperar eventuales efectos negativos derivados
de desastres o emergencias en el territorio nacional (…)”;
QUE, el artículo 5 del Código Orgánicode Organización Territorial, Autonomía y
Descentralización determina que, la autonomía política, administrativa y
financiera de los gobiernos autónomos descentralizados y regímenes especiales
prevista en la Constitución comprende el derecho y la capacidad efectiva de
estos niveles de gobierno para regirse mediante normas y órganos de gobierno
propios en sus respectivas circunscripciones territoriales, bajo su
responsabilidad, sin intervención de otro nivel de gobierno y en beneficio de sus
habitantes;
Descentralización, determina que, para el pleno ejercicio de sus competencias y
de las facultades que de manera concurrente podrán asumir, se reconoce a los
consejos regionales y provinciales, concejos metropolitanos y municipales la
capacidad para dictar normas de carácter general a través de ordenanzas,
acuerdos y resoluciones, aplicables dentro de su circunscripción territorial.
autónomo descentralizado municipal entre las cuales señala la de ejercer el
control sobre el uso y ocupación del suelo en el cantón; el Art. 57 determina
como atribuciones del concejo municipal el ejercicio de la facultad normativa
en las materias de competencia del gobierno autónomo descentralizado
municipal, mediante la expedición de ordenanzas cantonales, acuerdos y
resoluciones, además, regular y controlar, mediante la normativa cantonal
correspondiente, el uso del suelo en el territorio del cantón,
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