Ordenanzas Municipales. Cantón Nabón: Que regula los descuentos y rebajas para los discapacitados

Número de Boletín933
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Fecha de la disposición 8 de Marzo de 2013

EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN NABÓN

Considerando:

Que, el artículo 75 de la Ley Orgánica de Discapacidades. La misma que fue publicada en el Suplemento Registro Oficial Nro. 796 del martes del 25 de septiembre del 2012, que dice: Las personas con discapacidad y/o las personas naturales o jurídicas" que tengan legalmente bajo su protección o cuidado a la persona con discapacidad. Tendrán la exención del cincuenta por ciento (50%) del pago del impuesto predial. Esta exención se aplicará sobre un (1), solo inmueble con un avalúo de quinientas (500) remuneraciones básicas unificadas del trabajador privado. En caso de superar este valor, se cancelará uno proporcional al excedente".

Que, el artículo 79.- Servicios.- indica que para el pago de los servicios básicos de suministros de energía eléctrica, agua potable y alcantarillado sanitario, internet, telefonía fija y móvil, a nombre de usuarios con discapacidad o de la persona natural o jurídica sin fines de lucro que represente legalmente la persona con discapacidad. Tendrán las siguientes rebajas: el servicio de agua potable y alcantarillado sanitario, tendrá una rebaja del cincuenta por ciento (50%)...

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