Ordenanzas Municipales. Cantón Nabón: Para el otorgamiento de becas para el acceso a la educación superior de jóvenes
Número de Boletín | 1671 |
Sección | Ordenanzas Municipales |
Emisor | Gobiernos Autónomos Descentralizados |
Martes 14 de septiembre de 2021Registro Ocial - Edición Especial Nº 1671
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EL ILUSTRE CONCEJO MUNICIPAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO
DESCENTRALIZADO
MUNICIPAL DE NABÓN.
CONSIDERANDO
Considerandos:
Que, La Constitución de la República, en el artículo 3 establece que son deberes primordiales
del Estado: 1. Garantizar sin discriminación alguna el efectivo goce de los derechos
establecidos en la Constitución y en los instrumentos internacionales, en particular la
educación, la salud, la alimentación, la seguridad social y el agua para sus habitantes.
Que, El artículo 26, de la Constitución de la República del Ecuador, determina que “la
educación es un derecho de las personas a lo largo de su vida y un deber ineludible e
inexcusable del Estado. Constituye un área prioritaria de la política pública y de la inversión
estatal garantía de la igualdad e inclusión social y condición indispensable para el buen vivir.
Las personas, la familia y la sociedad tienen el derecho y la responsabilidad de participar en
el proceso educativo”.
Que, el artículo 27, de la Constitución de la República, determina que la educación se centrará
en el ser humano y garantizará el desarrollo holístico, en el marco del respeto a los derechos
humanos, al medio ambiente sustentable y a la democracia; será participativa, obligatoria,
intercultural, democrática, incluyente y diversa, de calidad y calidez; impulsará la equidad
de género, la justicia, la solidaridad, y la paz; estimulará el sentido crítico, el arte y la cultura
física, la iniciativa individual y comunitaria y el desarrollo de competencias y capacidades
para crear y trabajar.
Que, el artículo 39, de la Constitución de la República, expresa: “El Estado garantizará los
derechos de las jóvenes y los jóvenes y promoverá su efectivo ejercicio a través de políticas
y programas, instituciones y recursos que aseguren y mantengan de modo permanente su
participación e inclusión en todos los ámbitos, en particular en los espacios de poder público.
familia promoverán de forma prioritaria el desarrollo integral de las niñas, niños y
adolescentes, y asegurarán el ejercicio pleno de sus derechos, se atenderá al principio del
interés superior y a sus derechos y prevalecerán sobre la de las demás personas”.
garantizará políticas de prevención de las discapacidades y, de manera conjunta con la
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