Ordenanzas Municipales. Cantón Nabón: Para la regulación de la cooperación internacional y asistencia técnica en el cantón

Número de Boletín172
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Martes 3 de mayo de 2022 Edición Especial Nº 172 - Registro Ocial
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GAD MUNICIPAL NABÓN
DIRECCIÓN DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL
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ORDENANZA PARA LA REGULACIÓN DE LA COOPERACIÓN INTERNACIONAL Y
ASISTENCIA TÉCNICA EN EL CANTÓN NABÓN
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La Constitución de la República sitúa a la Cooperación Internacional como un instrumento de política
exterior en el marco de las relaciones internacionales, como lo indica el artículo 416 en el inciso primero
donde se “proclama la convivencia pacífica y la autodeterminación de los pueblos así como la cooperación,
la integración y la solidaridad”, además el artículo 264 de la carta magna que establece como competencia
exclusiva de los Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales el “gestionar la cooperación
internacional para el cumplimiento de sus competencias”.
En el año 2010 el Código Orgánico de Ordenamiento Territorial, Autonomía y Descentralización COOTAD
determinó que “la descentralización de la gestión del Estado, consiste en la transferencia obligatoria,
progresiva y definitiva de competencias, con los respectivos talentos humanos y recursos financieros,
materiales y tecnológicos, desde el gobierno central hacia los gobiernos autónomos descentralizados” y se
establece que se debe “gestionar la cooperación internacional para el cumplimiento de sus competencias”.
Por otro lado, el Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas establece que la cooperación
internacional debe articularse a la planificación nacional y territorial, es decir, la alineación de la gestión al
Plan Nacional de Desarrollo y a los Planes de Desarrollo y de Ordenamiento Territorial.
El Consejo Nacional de Competencias, mediante Resolución Nº 0009-CNC-2011 resolvió transferir a los
Gobiernos Autónomos Descentralizados la competencia de gestionar la cooperación internacional para la
obtención de recursos no reembolsables y asistencia técnica para el cumplimiento de sus competencias.
En este marco, la cooperación internacional constituye un instrumento que responde a la política exterior
de los países y contribuye al progreso mediante el intercambio de conocimientos, recursos financieros no
reembolsables y asistencia técnica; en consecuencia la gestión descentralizada de la competencia fortalece
capacidades institucionales, potencia el liderazgo y gobernabilidad local y promueve el desarrollo endógeno
del territorio.
Por lo expuesto, es mandatorio que la presente Ordenanza, sea implementada en el Gobierno Autónomo
Descentralizado Municipal Nabón como herramienta para regular la gestión de la cooperación internacional
financiera no reembolsable y asistencia técnica, a fin de cumplir objetivos institucionales y alcanzar el valor
constitucional.

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