Cantón Las Naves: Que establece la igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad

Número de Boletín467
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
38 – Viernes 12 de abril de 2019 Registro O cial Nº 467
REALIZACIÓN DEL EVENTO DENOMINADO
“FERIA MODA EXPO ATUNTAQUI 2019”, y dispongo
su promulgación para conocimiento de la colectividad
Anteña.- Atuntaqui, a los 26 días del mes de febrero del año
dos mil diecinueve.
f.) Msc. Fabián Efrén Posso Padilla, Alcalde del GADM-
AA.
CERTIFICACIÓN: La Secretaría General del Concejo
Municipal del Gobierno Autónomo Descentralizado
de Antonio Ante certi ca que el Msc. Fabián Efrén
Posso Padilla, Alcalde del GADM-AA sancionó LA
ORDENANZA ESPECIAL QUE AUTORIZA
Y DELIMITA LA OCUPACIÓN DE LA VÍA
PÚBLICA PARA LA REALIZACIÓN DEL EVENTO
DENOMINADO “FERIA MODA EXPO ATUNTAQUI
2019”, en la fecha antes señalada, ordenándose su ejecución
y publicación en el Registro O cial, Gaceta O cial, y
Dominio Web Institucional. Lo certi co, Atuntaqui, a los
26 días del mes de febrero del año dos mil diecinueve.
f.) Dr. Tito Roberto Villegas Jácome, Secretario General
del Concejo del GADM-AA (E).
Certi cación el copia del original.- f.) Ilegible.
EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO
MUNICIPAL DEL CANTÓN LAS NAVES
Considerando:
Que, el artículo 1 de la Constitución de la República declara
al Ecuador como: “…un Estado constitucional de derechos
y de justicia, social…”.
Que, el artículo 11 de la Constitución de la República del
Ecuador, proclama los principios bajo los cuales se regirá
el ejercicio de los derechos; y en su numeral 2 dice: “Todas
las personas son iguales y gozarán de los mismos derechos,
deberes y oportunidades”.
Que, en el artículo 35 la Constitución de la República del
Ecuador; dispone: “Las personas adultas mayores, niñas,
niños y adolescentes, mujeres embarazadas, personas con
discapacidad, personas privadas de libertad y quienes
adolezcan de enfermedades catastró cas o de alta
complejidad, recibirán atención prioritaria y especializada
en los ámbitos públicos y privados”.
Que, el artículo 47 de la Constitución de la República
del Ecuador, dispone: “El Estado garantizará políticas de
prevención de las discapacidades y, de manera conjunta
con la sociedad y la familia, procurará la equiparación
de oportunidades para las personas con discapacidad y
su integración social”. Reconociendo el derecho a una
atención especializada en salud; rehabilitación integral;
rebajas en los servicios públicos y privados en el transporte;
rebajas en espectáculos públicos; exenciones en el régimen
tributario; trabajo en condiciones de igualdad permitiendo
su incorporación en entidades públicas y privadas;
vivienda adecuada con accesibilidad; educación orientada
a desarrollar sus potencialidades e implantando un sistema
de becas; atención psicológica; la eliminación de barreras
arquitectónicas; y, mecanismos y formas alternativas de
comunicación.
Que, en su artículo 48 de la Constitución de la República
del Ecuador garantiza que el Estado protegerá y adoptará
a favor de las personas con discapacidad medidas que
aseguren el pleno ejercicio de sus derechos y una verdadera
inclusión;
Que, el artículo 424 de la Constitución de la República
del Ecuador dispone que “las normas y los actos del
poder público deberán mantener conformidad con las
disposiciones constitucionales; en caso contrario carecerán
de e cacia jurídica”.
Que, la disposición transitoria decima cuarta de la Ley
Orgánica de Discapacidades establece: Los gobiernos
autónomos descentralizados dictaran las respectivas
ordenanzas relacionadas con la sección octava que re ere
a las tarifas preferenciales, exenciones arancelarias y del
régimen tributario.
Que, los gobiernos autónomos descentralizados tienen la
obligación de velar por el el cumplimiento de las normas
técnicas de accesibilidad aprobados por Instituto Nacional
de Enfermedades Neoplásicas INEN.
Que, el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del
cantón Las Naves en ejercicio de su autonomía política y
conforme las atribuciones que le con ere la Constitución
y la Ley;
Expide:
LA ORDENANZA MUNICIPAL QUE ESTABLECE
LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES PARA LAS
PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN EL CANTÓN
LAS NAVES
CAPÍTULO I
OBJETO, ÁMBITO Y FINES
Art. 1.- Objeto.- La presente Ordenanza tiene por
objeto crear las normas que hagan posible equiparar las
oportunidades de las personas con discapacidad, frente a
todas las demás, especialmente en el campo laboral, cultural,
deportivo, salud, educación, recreativo; estableciendo
regulaciones que obliguen a eliminar cualquier forma de
discrimen que esté especialmente dirigido en contra de
personas con discapacidad, con el n de que los niños,
adolescentes, adultos y adultos mayores puedan gozar
a plenitud de todos los servicios que preste el Gobierno
Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Las Naves
y ejercer todos los derechos que les reconoce los Tratados
Internacionales sobre discapacidades, la Constitución de la
República del Ecuador, la Ley Orgánica de Discapacidades
y su Reglamento.
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