Cantón Nobol: Que expide la segunda reforma a la Ordenanza que contiene la elaboración de la actualización del Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial 2020 - 2027, provincia del Guayas
Fecha de publicación | 19 Mayo 2022 |
Número de Gaceta | 211 |
Jueves 19 de mayo de 2022 Edición Especial Nº 211 - Registro Ocial
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EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Consecuentemente a la disposición constitucional de la competencia exclusiva de los
Gobierno Autónomos Municipales de planificar el desarrollo cantonal y formular los
correspondientes planes de ordenamiento territorial, de manera articulada con la
planificación nacional, regional, provincial y parroquial, con el fin de regular el uso y
ocupación del suelo urbano y rural, es preciso señalar que el Gobierno Autónomo
Descentralizado Municipal del Cantón Nobol cuenta con LA ORDENANZA QUE CONTIENE
LA ELABORACIÓN DE LA ACTUALIZACIÓN DEL PLAN DE DESARROLLO Y ORDENAMIENTO
TERRITORIAL DEL CANTÓN NOBOL 2020 – 2027, PROVINCIA DEL GUAYAS, la misma que
aprueba el PDOT y menciona en su transitoria segunda que el Gobierno Autónomo
Descentralizado Municipal del cantón Nobol tendrá 180 días calendarios para la
formulación y/o actualización del PUGS y se realice mediante los mismos procedimientos
participativos y técnicos previstos en la ley, lo cual es concordante con lo establecido en la
Disposición Transitoria Quinta de la ley orgánica de ordenamiento Territorial, uso y Gestión
del Suelo (S.R.O 253-24-VII-2020) en virtud de que dicho plan no se encuentra integrado al
presente proyecto de ordenanza en cuanto a la información técnica. .
El Concejo Cantonal del Cantón Nobol en el tercer punto del orden del día de la Sesión
Ordinaria del lunes 13 de Septiembre del año 2021, conoció y aprobó la elaboración del
Plan de Uso y Gestión del Suelo del 2021 – 2032 del Cantón Nobol, Provincia del Guayas,
cumpliendo con la Disposición Transitoria Segunda de la LA ORDENANZA QUE CONTIENE LA
ELABORACIÓN DE LA ACTUALIZACIÓN DEL PLAN DE DESARROLLO Y ORDENAMIENTO
TERRITORIAL DEL CANTÓN NOBOL 2020 – 2027, PROVINCIA DEL GUAYAS.
Con lo expuesto, y en cumplimiento de lo establecido en los artículos 27 de la Ley
Orgánica de Ordenamiento Territorial Uso y Gestión del Suelo y artículo 11 de su
reglamento, es necesario que el Concejo Municipal mediante segunda reforma a la LA
ORDENANZA QUE CONTIENE LA ELABORACIÓN DE LA ACTUALIZACIÓN DEL PLAN DE
DESARROLLO Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL CANTÓN NOBOL 2020 – 2027, PROVINCIA
DEL GUAYAS incorpore el Plan de Uso y Gestión del Suelo que se encuentra vigente en la
actualidad, al Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial.
EL CONCEJO CANTONAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO
MUNICIPAL DEL CANTÒN NOBOL
Considerando:
Que, el artículo 238 de la Constitución de la República del Ecuador establece: “Los
gobiernos autónomos descentralizados gozarán de autonomía política, administrativa y
financiera, y se regirán por los principios de solidaridad, subsidiariedad, equidad
interterritorial, integración y participación ciudadana.”
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