Cantón Nobol: Que expide la segunda reforma a la Ordenanza que contiene la elaboración de la actualización del Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial 2020 - 2027, provincia del Guayas

Fecha de publicación19 Mayo 2022
Número de Gaceta211
Jueves 19 de mayo de 2022 Edición Especial Nº 211 - Registro Ocial
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EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Consecuentemente a la disposición constitucional de la competencia exclusiva de los
Gobierno Autónomos Municipales de planificar el desarrollo cantonal y formular los
correspondientes planes de ordenamiento territorial, de manera articulada con la
planificación nacional, regional, provincial y parroquial, con el fin de regular el uso y
ocupación del suelo urbano y rural, es preciso señalar que el Gobierno Autónomo
Descentralizado Municipal del Cantón Nobol cuenta con LA ORDENANZA QUE CONTIENE
LA ELABORACIÓN DE LA ACTUALIZACIÓN DEL PLAN DE DESARROLLO Y ORDENAMIENTO
TERRITORIAL DEL CANTÓN NOBOL 2020 2027, PROVINCIA DEL GUAYAS, la misma que
aprueba el PDOT y menciona en su transitoria segunda que el Gobierno Autónomo
Descentralizado Municipal del cantón Nobol tendrá 180 días calendarios para la
formulación y/o actualización del PUGS y se realice mediante los mismos procedimientos
participativos y técnicos previstos en la ley, lo cual es concordante con lo establecido en la
Disposición Transitoria Quinta de la ley orgánica de ordenamiento Territorial, uso y Gestión
del Suelo (S.R.O 253-24-VII-2020) en virtud de que dicho plan no se encuentra integrado al
presente proyecto de ordenanza en cuanto a la información técnica. .
El Concejo Cantonal del Cantón Nobol en el tercer punto del orden del día de la Sesión
Ordinaria del lunes 13 de Septiembre del año 2021, conoció y aprobó la elaboración del
Plan de Uso y Gestión del Suelo del 2021 2032 del Cantón Nobol, Provincia del Guayas,
cumpliendo con la Disposición Transitoria Segunda de la LA ORDENANZA QUE CONTIENE LA
ELABORACIÓN DE LA ACTUALIZACIÓN DEL PLAN DE DESARROLLO Y ORDENAMIENTO
TERRITORIAL DEL CANTÓN NOBOL 2020 2027, PROVINCIA DEL GUAYAS.
Con lo expuesto, y en cumplimiento de lo establecido en los artículos 27 de la Ley
Orgánica de Ordenamiento Territorial Uso y Gestión del Suelo y artículo 11 de su
reglamento, es necesario que el Concejo Municipal mediante segunda reforma a la LA
ORDENANZA QUE CONTIENE LA ELABORACIÓN DE LA ACTUALIZACIÓN DEL PLAN DE
DESARROLLO Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL CANTÓN NOBOL 2020 2027, PROVINCIA
DEL GUAYAS incorpore el Plan de Uso y Gestión del Suelo que se encuentra vigente en la
actualidad, al Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial.
EL CONCEJO CANTONAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO
MUNICIPAL DEL CANTÒN NOBOL
Considerando:
Que, el artículo 238 de la Constitución de la República del Ecuador establece: “Los
gobiernos autónomos descentralizados gozarán de autonomía política, administrativa y
financiera, y se regirán por los principios de solidaridad, subsidiariedad, equidad
interterritorial, integración y participación ciudadana.

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