Cantón Otavalo: Que regula y controla la circulación y sellaje de vehículos de transporte público interprovincial en las vías de la jurisdicción del cantón
Fecha de publicación | 05 Mayo 2023 |
Número de Gaceta | 857 |
Registro Ocial - Edición Especial Nº 857
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Viernes 5 de mayo de 2023
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EXPOSICION DE MOTIVOS
Las circunstancias cambiantes de las ciudades, por el crecimiento poblacional, como es
el caso otavaleño, trae consigo necesidades de diversa índole, que obligan a la
administración pública a tomar medidas que conlleven a la búsqueda de solucionar los
problemas derivados de necesidades insatisfechas, así también de aquellos que se suscitan
en otros ámbitos, como es la congestión vehicular en la circunvalación de la ciudad, dado
el crecimiento del parque automotor.
Otavalo es altamente comercial y turístico, actividades económicas de las que dependen
en gran medida la población, lo primero viene ocupando una gran demanda de uso del
transporte Inter e Intraprovincial para llegar a la Ciudad, lo cual obliga a establecer
parámetros para el buen uso y control de la vía pública, devolviendo a los ciudadanos el
derecho a una ocupación ordenada, equitativa, técnicamente equilibrada, y legal, evitando
de esta manera la utilización indebida de la estatal E-35 que es altamente peligrosa para
el embarque y desembarque de pasajeros; lo segundo, pasa no solo por la imagen de la
ciudad ante el mundo, sino también por la atención que debemos brindar al turista y
ciudadanía en general que utilice el transporte Interprovincial.
Así mismo es importante considerar el alto riesgo al que exponen los conductores de los
buses a los pasajeros al dejarles en el carril central debido a que puede suscitarse un
arrollamiento o un accidente de tránsito por detener el vehículo, considerando también
que irrumpe la fluidez normal del tránsito, lamentablemente las personas son mal
acostumbradas y se quedan en la vía pública donde se genera inseguridad, desorden e
informalidad.
Visto el panorama caótico que tienen a cada momento los conductores de buses, taxis,
camionetas, vehículos particulares, los transeúntes, los comerciantes, los turistas, en
general toda la población en sus diversas manifestaciones y actividades económicas, es
deber del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Otavalo, mejorar
las condiciones de movilidad, habitabilidad y en general la calidad ambiental del centro
de la ciudad y sus alrededores, para ello es necesario mitigar esta situación caótica que se
está generando con el paso de los buses Interprovinciales por la ciudad y sus paradas
repentinas en media vía, una forma, no la única, es a través de la Reforma a la Ordenanza
que regula el sellaje a las operadoras proveyéndole de los avances de la tecnología
electrónica y digital, facilitando al usuario y aprovechar de mejor manera el control del
sellaje en las unidades de transporte interprovincial.
El cantón Otavalo cuenta con la Ordenanza Sustitutiva de Regulación Funcionamiento y
Control del Transporte Terrestre Tránsito y Seguridad Vial en el Cantón Otavalo,
publicada en el Registro Oficial Suplemento No. 185 de fecha 31 de Agosto del 2011, a
la que se ha realizado más de una reforma, sin embargo, dadas las circunstancias actuales,
que por obvias razones son distintas a cuando se creó ésta ordenanza, es imperativo que
se apruebe una ordenanza sustitutiva o nueva, que conlleve a una regulación efectiva del
sellaje de las unidades de transporte interprovincial, con el propósito de solucionar el
problema de movilidad, congestión vehicular urbana, que afecta a la ciudadanía otavaleña
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