Cantón Paján: Que regula el uso, alquiler, movilización, control y mantenimiento de las maquinarias agrícolas y sus equipos de trabajo

Fecha de publicación16 Diciembre 2021
Número de Gaceta1797
Jueves 16 de diciembre de 2021 Edición Especial Nº 1797 - Registro Ocial
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Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal
Del Cantón Paján
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Dirección: Rocafuerte entre Alejo Lascano y 5 de junio.
Correos electrónicos: alcaldia@pajan.gob.ec secretaria.general@pajan.gob.ec
EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL
DEL CANTÓN PAJÁN
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 238 de la constitución de la Republica en vigencia, establece y
garantiza que los Gobiernos Autónomos Descentralizados gozarán de autonomía
política, administrativa y financiera;constituyen Gobiernos Autónomos
Descentralizados, entre otros, los concejos municipales;
Que, el artículo 240 de la carta Magna garantiza facultades legislativas y
ejecutivas en el ámbito de sus competencias y jurisdicciones territoriales a los
Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales;
los Gobiernos Autónomos Descentralizados generarán sus propios recursos
financieros y participarán de las rentas del Estado, de conformidad con los propios
de subsidiariedad, solidaridad y equidad;
Que, se encuentra en vigencia el Código Orgánico de Ordenamiento Territorial,
Autonomía y Descentralización (COOTAD) publicado en el Registro Oficial N° 303
del día 19 de Octubre del 2010;
Que, el artículo 28 del antes referido Código, garantiza y reconoce la calidad de
los Gobiernos Autónomos Descentralizados a los cantones y el artículo 29 de la
misma ley establece como una de las funciones de los Gobiernos Autónomos
Descentralizados la de legislación, normatividad y fiscalización;
Que, los artículos 7 y 57 literal a) del código Orgánico de Ordenamiento
Territorial, Autonomía y Descentralización, referente a la facultad normativa,
expresa que para el pleno ejercicio de sus competencias y de las facultades que
de manera concurrente podrán asumir, se reconoce a los concejos municipales, la
capacidad para dictar normas de carácter general, a través de ordenanzas,
acuerdos y resoluciones, aplicables dentro de su circunscripción territorial, para lo
cual observará la constitución y la ley;
Que, el artículo 53 del COOTAD, manifiesta que los Gobiernos Autónomos
Descentralizados Municipales son personas jurídicas con autonomía política,
administrativa y financiera;
Que, es atribución del concejo municipal de conformidad con el artículo 57 del
COOTAD en el inciso b) dice “Regular, mediante ordenanza, la aplicación de
tributos previstos en la ley a su favor”; el literal establece: c) “Crear, modificar,
exonerar o extinguir tasas y contribuciones especiales por los servicios que presta
y obras que ejecute”;
Que, acorde con el artículo 54 del COOTAD, son funciones del Gobierno
Autónomo Descentralizado Municipal, entre otras, las siguientes: a) Promover el

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