Ordenanzas Municipales. Cantón Palenque: Que regula el uso obligatorio de mascarillas por parte de las personas que circulan en las carreteras, avenidas, calles, aceras y demás espacios públicos para la prevención de la enfermedad COVID-19

Número de Boletín1701
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Lunes 4 de octubre de 2021 Edición Especial Nº 1701 - Registro Ocial
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Palenque, cuna del mártir de la revolución liberal Coronel NICOLÁS INFANTE DÍAZ
Palenque Los Ríos ° Calle Coto Flores y Bolívar ° Telf.: 052917106 ext. 104
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ADMINISTRACIÓN 2019 - 2023
EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL
CANTÓN PALENQUE
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
QUE, el artículo 1 de la Constitución de la República, determina que el Ecuador es
un Estado Constitucional de Derechos y Justicia Social, demo crático,
soberano, independiente, unitario, intercultural, plurinacional y laico;
QUE, el numeral 1, del artículo 3 de la Constitución establece que son deberes
primordiales del Estado “1 Garantizar sin discriminación alguna el efectivo goce
de los derechos establecidos en la Constitución y en los instrumentos
internacionales, en particular la salud, la alimentación, la seguridad social y el
agua para sus habitantes (…)”;
QUE, de conformidad con el numeral 8 de la Constitución, es deber primordial del
Estado, entre otros, el gar antizar el derecho a una cultura de paz y a la
seguridad integral;
QUE, el artículo 14 de la Con stitución reconoce el der echo de la población a vivir en
un ambiente sano y ecológicamente equilibrado que garantice la sostenibilidad
y el bue vivir;
QUE, de conformidad con el artículo 30 de la Constitución, las personas tienen
derecho a vivir en un hábitat seguro y saludable, en concordancia con el inciso
primero artículo 32 ibidem, que dispone que la salud es un derecho que
garantiza el Estado, cuya realización se vincula al ejer cicio de otros derechos
entre ellos el agua y aquellos que sustentan el buen vivir;
QUE, de conformidad con el artículo 83 de la Constitución, son deberes y
responsabilidades de los habitantes del Ecuador acatar y cumplir con la
Constitución, la ley y la s decisiones legítimas de autoridad competente;
QUE, los numerales 2 y 4 del artículo 225 de la Constitución pre scribe que el sector
público comprende, entre otros a: “2. Las entidades que integran el régimen
autónomo descentralizado. (…)4. Las personas jurídicas creadas por acto
normativo de los gobiernos autónomos descentralizados para la prestación de
servicios público”;
QUE, el artículo 226 de la Constitución dispone que las instituciones del Estado, sus
organismos, dependencias, las servidoras o servidores públicos y las personas
que actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán solament e la contenidas
y facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la Ley. Tendrán el
deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines y hacer efectivo
el goce y ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución.
QUE, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 264 numeral 14 inciso segundo,
de la Constitución, es competencia de los gobiernos autónomos
descentralizados municipales, en el ámbito de sus competencias y territorio, y
uso de sus facultades, expedirán ordenanzas cantonales.
y Descentralización COOTAD, determina como fin de los gobiernos

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