Cantón Palestina: Expide el Reglamento Orgánico Funcional de la Unidad Municipal de Tránsito, Transporte Terrestre y Seguridad Vial
Fecha de publicación | 22 Abril 2022 |
Número de Gaceta | 48 |
Viernes 22 de abril de 2022 Registro Ocial Nº 48
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EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL
DEL CANTÓN PALESTINA
Que, la Constitución de la República del Ecuador, en su artículo 238, establece que
los Gobierno Autónomos Descentralizados, gozarán de autonomía política,
administrativa y financiera, y se regirán por los principios de solidaridad,
subsidiariedad, equidad territorial, integración y participación ciudadana. En ningún
caso el ejercicio de la autonomía permitirá la secesión del territorio nacional.
Que, el artículo 225 de la Constitución de la República del Ecuador señala que el
sector público comprende las entidades que integran el régimen autónomo
descentralizado; los organismos y entidades creados por la Constitución o la ley
para el ejercicio de la potestad estatal, para la prestación de servicios públicos o
para desarrollar actividades económicas asumidas por el Estado; y, las personas
jurídicas creadas por acto normativo de los gobiernos autónomos descentralizados
para la prestación de servicios públicos;
Que, el artículo 226, ibídem, establece que las instituciones del Estado, sus
organismos, dependencias, las servidoras o servidores públicos y las personas que
actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán solamente las competencias y
facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la ley, teniendo el deber de
coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el goce y
ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución;
Que, el artículo 238, ibídem, señala que los gobiernos autónomos descentralizados
gozarán de autonomía política, administrativa y financiera, y se regirán por los
principios de solidaridad, subsidiariedad, equidad interterritorial, integración y
participación ciudadana;
Que, el artículo 4, ibídem, prevé que serán servidoras o servidores públicos todas
las personas que en cualquier forma o a cualquier título trabajen, presten servicios
o ejerzan un cargo, función o dignidad dentro del sector público;
Que, la décima octava disposición general, ibídem, determina, entre otros, los
conceptos para dignatario/a, funcionario/a, y servidor/a;
Que,el artículo 3 de la Ordenanza de Creación de la Unidad Municipal de Tránsito,
Transporte Terrestre y Seguridad Vial de Palestina UMTTTSVP, establece la
conformación, estructura y funciones de la UMTTTSVP, estarán determinadas en
su respectivo reglamento orgánico funcional, el mismo que será aprobado por el
Concejo Municipal.
Que, mediante resolución SENRES-PROC20060000046, se emitió la Norma
técnica de diseño de reglamentos o estatutos orgánicos de gestión organizacional
por procesos;
En uso de las facultades que le confiere la Constitución de la República del Ecuador
y la Ley
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