Ordenanzas Municipales. Cantón Palestina: Que expide la tercera reforma a la Ordenanza que determina la existencia y funcionamiento de los cementerios, de las salas de velaciones y del anfiteatro municipal; y la regulación de sus usos

Número de Boletín1797
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Jueves 16 de diciembre de 2021 Edición Especial Nº 1797 - Registro Ocial
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EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTONOMO DECENTRALIZADO MUNICIPAL DE
PALESTINA
CONSIDERANDO
Que, la Constitución de la República del Ecuador, en su artículo 238 establece que los
gobiernos autónomos descentralizados gozaran de autonomía política, administrativa y
financiera y se regirán por los principios de solidaridad, subsidiaridad, equidad interterritorial,
integración y participación ciudadana;
Constituyen gobiernos autónomos descentralizados las juntas parroquiales rurales, los
concejos municipales, los concejos metropolitanos, los concejos provinciales y los concejos
regionales;
Que, el párrafo final del artículo 264 de la Constitución de la República del Ecuador, señala
que los gobiernos municipales en el ámbito de sus competencias y territorio, y en uso de sus
facultades, expedirán ordenanzas cantonales;
Que, el artículo 53 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y
Descentralización, establece que los gobiernos autónomos descentralizados municipales son
personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, administrativa financiera.
Estarán integrados por las funciones de participación ciudadana; legislación y fiscalización; y
ejecutiva para el ejercicio de las funciones y competencias que le corresponden;
Que, el literal l) del artículo 54 del COOTAD, señala que son funciones de gobierno autónomo
descentralizados municipal: prestar servicios que satisfagan necesidades colectivas respecto
de los que no exista una explicita reserva legal a favor de otros niveles de gobierno, así como
la elaboración, manejo y expendio de víveres; servicios de faenamiento, plazas de mercado y
cementerios;
Que, el artículo 57 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y
Descentralización, en su literal a) otorga al gobierno autónomo descentralizado municipal el
ejercicio de la facultad normativa en las materias de competencia, mediante la expedición de
ordenanzas cantonales, acuerdos y resoluciones;
Que, en Concejo Cantonal de Palestina, en sesiones ordinar ias celebradas los días jueves 2
de agosto y miércoles 22 de agosto de 2012, aprobó la Ordenanza Municipal que determina
la Existencia y Funcionamiento de los Cementerios, de las Salas de Velaciones y el Anfiteatro
Municipal del Cantón palestina; y, la regulación de sus Usos.
Que, el concejo municipal de palestina en sesiones ordinarias celebradas los días jueves 10
Y jueves 17 de abril de 2014, aprobó la Ordenanza Reformativa a la Ordenanza Municipal que
Determina la existencia y Funcionam iento de los Cementerios, de las Salas de Velaciones y
el Anfiteatro Municipal del Cantón Palestina; y, la regulación de sus Usos.
Que, el concejo municipal de palestina en sesiones ordinarias celebradas los días jueves 16
Y viernes 24 de julio de 2020, aprobó la Segunda Reforma a la O rdenanza Municipal que
Determina la existencia y Funcionam iento de los Cementerios, de las Salas de Velaciones y
el Anfiteatro Municipal del Cantón Palestina; y, la regulación de sus Usos.

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