Cantón Palestina: Sustitutiva que sanciona y pone en vigencia el Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial 2020-2024 y el Plan de Gestión y Uso de Suelo

Fecha de publicación01 Octubre 2021
Número de Gaceta550
Viernes 1º de octubre de 2021 Registro Ocial Nº 550
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GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE PALESTINA
EXPOSICION DE MOTIVOS:
La Constitución Política del Ecuador, el Código Orgánico de Ordenamiento Territorial
Autonomía y Descentralización y el Código Orgánico de Planificación y Finanzas
Publicas, señalan que el ordenamiento territorial es un proceso de autonomía para la
gestión territorial, que parte de lo local a lo regional en la interacción de planes que
posibiliten la construcción de un proyecto nacional; desarrolla la proyección espacial
de las políticas sociales, económicas y ambientales para asegurar un nivel adecuado
de bienestar a la población, en donde prime la preservación para las futuras
generaciones.
Esos mismos cuerpos legales advierten que la función social y ambiental de la tierra,
la prevalencia del interés general sobre el particular y la distribución equitativa de las
cargas y los beneficios son los principios básicos del ordenamiento territorial. Según
la Constitución Vigente, existe un nuevo marco político de derechos y deberes que
marca una considerable diferencia con el pasado, en el artículo 415 dice: Se adoptaran
políticas integrales y participativas de ordenamiento territorial urbano y de uso del
suelo, que permitan regular el crecimiento.
Por su parte, tanto el COOTAD como el COPFP definen que los Principios de un Plan
de Desarrollo y Ordenamiento Territorial deben promover el desarrollo sustentable
para garantizar el buen vivir y la construcción de equidad e inclusión en el territorio,
fomentar las actividades productivas y agropecuarias, la prestación equitativa de
servicios públicos, construcción de un hábitat y vivienda seguros y saludables.
La formulación y realización del Plan de Uso y Gestión del Suelo (PUGS) se sustenta
en lo que establecen El Código Orgánico de Ordenamiento Territorial Autonomía y
Descentralización COOTAD y la Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial, Uso y
Gestión de Suelo -LOOTUGS. Los planteamientos del PUGS se referencian en los
elementos principales formulados en anteriores propuestas de planificación municipal,
y en las directrices del Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial (PDyOT) y sus
formulaciones se complementan con las Normas de Arquitectura y Urbanismo.
Los Planes de Uso y Gestión del Suelo mantendrán siempre una relación directa con
los Planes de Desarrollo y Ordenamiento Territorial a nivel cantonal y apoyarán las
definiciones establecidas a nivel provincial y parroquial.
La LOOTUGS considera tres elementos y establece que su implementación funciona
de manera complementaria e interdependiente:

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