Ordenanzas Municipales. Cantón Paltas: Para regular la transparencia y lucha contra la corrupción

Número de Boletín685
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Miércoles 28 de diciembre de 2022 Edición Especial Nº 685 - Registro Ocial
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GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO
DEL CANTÓN PALTAS
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GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO DEL CANTÓN PALTAS
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:
La Constitución de la República del Ecuador establece que el Estado se organiza en regiones,
provincia, cantones y juntas parroquiales, de tal forma que cuyos gobiernos constituyen los
Gobierno Autónomo Descentralizado, lo cual el Estado reconoce la autonomía administrativa,
política y económica, siendo los responsables de sus propios direccionamientos,
procedimientos, decisiones y políticas planteadas apegados a la Constitución y a los entes de
control.
De tal forma que, las entidades públicas adquieren sus bienes y servicios a través de los
procesos de contratación pública. Es decir, toda compra se establece bajo la normativa,
jurisprudencia administrativa y constitucional. Lo que determina en cada adquisición es el
monto a erogar en cada compra, y la naturaleza del objeto, lo que determina el tipo de
procedimiento por realizar.
Sin embargo, uno de los negocios públicos más visibles y desencadenantes de la corrupción se
origina en los procesos de contratación pública. Bajo el derecho constitucional, la
contratación administrativa se fundamenta en una serie de principios, siendo de los más
importantes los de transparencia, rendición de cuentas, eficiencia y eficacia. Pero, la aplicación
de dichos principios ha sido opio para cometer actos irregulares, estos de carácter legal y/o de
ética, es decir la corrupción se hace presente en la adquisición de bienes y servicios, y a su vez
limita el acceso a la información, la rendición de cuentas y a la transparencia de todo proceso,
y las pocas posibilidades de tener servidores públicos honestos se limita.
La corrupción a su vez muestra el incumplimiento de la norma con el intento de conducir desde
un tipo de comportamiento de "beneficio personal o las relaciones personales" distinguiendo el
incumplimiento intencionado del principio de imparcialidad y dejando de lado a la igualdad
del bien común. En el fondo la corrupción, también parte de un problema sociocultural, dentro del
marco formativo y conductual predominante en nuestras sociedades, considerando en unas
más y en otras menos, teniendo presente el individualismo, el consumismo, la carencia de
valores, el afán por el poder, la codicia, un exitismo económico reflejado en un "tanto tienes,
tanto vales" y el débil compromiso con lo público y con el bien común, llegando así a la
asfixiante y frustrante situación actual.
En el caso, de los procesos de contratación pública es la herramienta principal para los
Entidades Públicas. Acentuando que los gobiernos no pueden producir todos los insumos para
los bienes que ellos mismos proporcionan. Es por ello que, los procedimientos de contratación
se categorizan por procedimientos dinámicos: compras por catálogo y subasta inversa,
procedimientos comunes: ínfima cuantía, menor cuantía, cotización y licitación,
procedimientos de consultoría: contratación directa, contratación mediante lista corta; y,
contratación mediante concurso público, procedimientos especiales: contratación integral por
precio fijo para casos de obra, las contrataciones en situaciones de emergencia, y la adquisición
y arrendamiento de bienes inmuebles, y por procedimientos de régimen especial.
Como parte de una herramienta clave, es indispensable identificar las instancias sensibles de
corrupción dentro de un procedimiento de contratación pública, para ello es necesario
analizar lo siguiente:

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