Ordenanzas Municipales. Cantón El Pan: De reforma integral a la Ordenanza sustitutiva que reglamenta la determinación y recaudación de las contribuciones especiales de mejoras a beneficiarios de obras públicas ejecutadas

Número de Boletín396
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Lunes 15 de agosto de 2022 Edición Especial Nº 396 - Registro Ocial
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REFORMA INTEGRAL A LA ORDENANZA SUSTITUTIVA QUE
REGLAMENTA LA DETERMINACION Y RECAUDACION DE LAS
CONTRIBUCIONES ESPECIALES DE MEJORAS A BENEFICIARIOS DE
OBRAS PUBLICAS EJECUTADAS EN EL CANTON EL PAN.
EL GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL
CANTON “EL PAN”
EXPÓSICION DE MOTIVOS
En la actualidad, es un reto para la municipalidad frente a la escasez de recursos financieros,
ejecutar obras derivadas del inevitable crecimiento urbano y rural, y la
consecuente demanda de infraestructura, especialmente en la dotación de obras de
saneamiento ambiental, en la priorización de obras realizadas por el GAD Municipal del
cantón.
Las obras de beneficio general que ejecuta la municipalidad
tienen como fin proporcionar una mejor calidad de vida para todos los ciudadanos, lo cual a
su vez incide directamente en la productividad y la economía, propiciando el desarrollo y
crecimiento local, disminuyendo tiempos o trayectos, y dinamizando así las actividades
cotidianas de los Panences, lo que hace presumible precisamente, el beneficio para toda la
ciudad.
En este orden de ideas, al tratarse de obras de gran dimensión o relevancia para el cantón ,
que se ejecutan en beneficio general, evidentemente requieren también la asignación de
grandes recursos, lo que conlleva a que por el elevadocosto,estasno puedan ser absorbidas
por el presupuesto municipal y tampoco que pueda ser asumida por completo por los
ciudadanos, siendo por ello, es necesario establecer un mecanismo de recuperación del costo
de la obra mediantelaaplicacióndela Contribución Especial de Mejoras, conforme el
ordenamiento jurídico Ecuatoriano que en la actualidad se encuentra vigente.
Si bien la Contribución Especial de Mejoras como instrumento tributario busca recuperar el
beneficio marginal que obtiene la colectividad, generado por la inversión pública, no pueden
desatenderse los principios de capacidad contributiva, equidad, transparencia y suficiencia
recaudatoria, así como principios constitucionales sobre acceso a los servicios básicos.
El artículo 31 de la Constitución de la República del Ecuador, como parte del objetivo de la
recuperación del carácter público de la intervención del Estado Ecuatoriano,señala:
"Las personas tienen derecho al disfrute pleno de la ciudad y de sus espacios públicos, bajo
los principios de sustentabilidad, justicia social, respeto a las diferentes culturas urbanas y
equilibrio entre lo urbano y lo rural", lo cual se ha tornado evidente en el hecho de que los
recursos estatales han sido aplicados a la ejecución de obra pública principalmente, en la
dotación de agua potable para la ciudadanía.
Corresponde el cobro de la Contribución Especial por Mejoras a todos los propietarios de
bienes inmuebles en el
cantón El Pan , sin embargo, no se puede dejar de lado los principios anotados, como el

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