Cantón El Pangui: Que norma la aplicación e implementación del Sistema de Nomenclatura

Fecha de publicación28 Septiembre 2021
MateriaDerecho Público y Administrativo
Número de Gaceta547
Martes 28 de septiembre de 2021 Tercer Suplemento Nº 547 - Registro Ocial
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EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE EL PANGUI
CONSIDERANDO:
Que, el Art. 240 de la Constitución de la República del Ecuador, establece que: "Los
gobiernos autónomos descentralizados de las regiones, distritos metropolitanos, provincias y
cantones tendrán facultades legislativas en el ámbito de sus competencias y jurisdicciones
territoriales. Las juntas parroquiales rurales tendrán facultades reglamentarias.
Todos los gobiernos autónomos descentralizados ejercerán facultades ejecutivas en el
ámbito de sus competencias y jurisdicciones territoriales";
Que, el Art. 58 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y
Descentralización, COOTAD, entre otras atribuciones, faculta a los Concejales a: b) Presentar
proyectos de ordenanzas cantonales, en el ámbito de competencia del gobierno autónomo
descentralizado municipal;
Que, el Art. 57 del COOTAD, puntualiza entre otras atribuciones del Concejo Municipal, las
siguientes:
a) El ejercicio de la facultad normativa en las materias de competencia del gobierno
autónomo descentralizado municipal, mediante la expedición de ordenanzas
cantonales, acuerdos y resoluciones;
b) Regular, mediante ordenanza, la aplicación de tributos previstos en la ley a su favor;
c) Crear, modificar , exonerar o extinguir tasas y contribuciones especiales por los
servicios que presta y obras que ejecute;
d) Conformar las comisiones permanentes, especiales y técnicas que sean necesarias,
respetando la proporcionalidad de la representación política y poblacional urbana y
rural existente en su seno, y aprobar la conformación de comisiones ocasionales
sugeridas por el alcalde o alcaldesa;
EXPIDE:
LA SIGUIENTE ORDENANZA QUE NORMA LA APLICACIÓN E IMPLEMENTACIÓN DEL
SISTEMA DE NOMENCLATURA EN EL CANTÓN EL PANGUI.
CAPÍTULO I
ÁMBITO, OBJETO, COMPETENCIA Y METODOLOGÍA
Art. 1. ÁMBITO.- Las disposiciones de ésta Ordenanza se aplicará dentro de los límites del
cantón El Pangui.
Art. 2. OBJETO.- La presente ordenanza tiene como objeto definir las normas generales de
aplicación e implementación del Sistema de Nomenclatura, con el propósito de facilitar la
orientación y localización de las direcciones y agilitar la atención de los servicios básicos, de
emergencia, encomiendas y mensajería, entre otros.
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La colocación de las placas de identificación predial y nomenclatura vial, estará a cargo de la
Dirección de Obras Públicas Municipales y de la Comisaría Municipal.
Art. 3. COMPETENCIA.- Es facultad exclusiva del Gobierno Autónomo Descentralizado
Municipal de El Pangui, a través de la Dirección de Planificación y comisaría, aplicar y hacer
cumplir la presente Ordenanza.
El Sistema de Nomenclatura constituye un elemento indispensable en el orden y
planificación del cantón El Pangui, el mismo que se encuentra conformado por cuatro
componentes que son:
1) Codificación vial;
2) Codificación predial;
3) Señalética de nomenclatura; y,
4) Denominación
Art. 4. DEFINICIÓN DE SISTEMA DE NOMENCLATURA.- Es el sistema de ordenamiento a
través del cual se identifican las, parroquias urbanas y rurales, avenidas, calles, pasajes
peatonales, escalinatas, ciclo vías, parques, plazas, áreas de recreación, unidades de
vivienda, comercio y otros, de modo que se defina su precisa ubicación, lo cual no implica
modificación alguna del perímetro urbano.
Art. 5. METODOLOGÍA.- El Sistema de Nomenclatura se encuentra estructurado con base en
la aplicación del modelo de ejes principales que forman una cuadrícula de orientación
dentro del contexto urbano, así como en cada una de las parroquias rurales del cantón EL
Pangui.
CAPÍTULO II
CODIFICACIÓN VIAL
Art. 6. DEFINICIÓN.- La codificación vial corresponde a la asignación de un código
alfanumérico a cada uno de los ejes viales, que coadyuva para una correcta identificación de
los mismos.
La codificación vial, se aplicará únicamente en las vías debidamente catastradas.
Art. 7. METODOLOGÍA.- El modelo que se aplicará para la codificación vial es la
identificación de ejes principales que forman una cuadrícula de orientación para la zona
urbana y para cada una de las parroquias rurales del cantón El Pangui:
a) IDENTIFICACIÓN DE LOS EJES PRINCIPALES LONGITUDINALES Y TRANSVERSALES
URBANOS.- La identificación de los ejes principales longitudinales se realiza sobre la base
de los siguientes conceptos:
Eje Longitudinal 1: Línea divisoria de sur a norte, que inicia en la Av. Jorge Mosquera y
continúa en la troncal amazónica vía a Gualaquiza.

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