Ordenanzas Municipales. Cantón Pasaje: Que determina el cobro de aranceles y derechos registrales del Registro Municipal de la Propiedad y Mercantil para el año 2016

Número de Boletín502-Edición Especial
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Fecha de la disposición28 de Diciembre de 2015

EL I. CONCEJO CANTONAL DE PASAJE

Considerando:

Que el Art. 265 de la Constitución de la República del Ecuador, determina "El Sistema Público de registro de la Propiedad será administrado de manera concurrente entre el ejecutivo y las municipalidades"

Que el Art. 142 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, dispone que "La administración de los registros de la propiedad de cada cantón corresponde a los gobiernos autónomos descentralizados municipales" agrega en el segundo inciso "Los parámetros y tarifas de los servicios se fi arán por parte de los respectivos gobiernos municipales".

Que el Art. 19 de la Ley del Sistema Nacional de Registro de Datos Públicos, señala que... "El Municipio de cada cantón o Distrito Metropolitano se encargará de la estructuración administrativa del registro y su coordinación con el catastro. La Dirección Nacional dictará las normas que regularán su funcionamiento a nivel nacional".

Que el Art. 33 de la Ley del Sistema Nacional de Registro de Datos Públicos señala que "La Dirección Nacional de Registro de Datos Públicos establecerá anualmente el valor de los servicios de registro y certificaciones mediante una tabla de aranceles acorde a las cuantías de los actos a celebrarse, documentos de registro y jurisdicción territorial. En el caso del registro de la propiedad de inmuebles será el municipio de cada cantón el que con base en el respectivo estudio técnico financiero, establecerá anualmente la tabla de aranceles por los servicios de registro y certificación que preste".

Que el Art. 35 de la Ley del Sistema Nacional del Registro de Datos Públicos señala que... "Los Registros de la Propiedad Inmuebles y Mercantil, se financiarán con el cobro de aranceles por los servicios de registro, y el remanente pasará a formar parte de los presupuestos de los respectivos municipios, y de la Dirección Nacional de Registro de Datos Públicos en su orden".

Que los Arts. 55 literal e) y 57 literal c) del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD) establecen como competencia exclusiva de los gobiernos autónomos descentralizados municipales y faculta a sus órganos de legislación, crear, modificar, exonerar o suprimir mediante ordenanza, tasas, tarifas y contribuciones especiales de mejoras.

Que los Arts. 238 de la Constitución de la República del Ecuador; y, 2 literal a), 5 y 6 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD), reconocen y garantizan a los gobiernos autónomos descentralizados, autonomía política, administrativa y financiera.

Que los Arts. 240 de la Constitución de la República del Ecuador; y, 53 del COOTAD, otorgan a los gobiernos autónomos descentralizados municipales, la facultad de legislar y fiscalizar. Que el Art. 56 del COOTAD determina que el Concejo Municipal es el órgano de legislación y fiscalización.

Que los Arts. 7, 29 literal a); y, 57 literal a) del COOTAD otorga al Concejo Cantonal la facultad normativa, mediante la expedición de ordenanzas cantonales, acuerdos y resoluciones.

Que el Art. 5 de la Ordenanza Reformatoria de la Ordenanza Sustitutiva para la Organización, Administración y Funcionamiento del Registro Municipal de la Propiedad y Mercantil del cantón Pasaje, aprobada por el Concejo Municipal del cantón Pasaje, en la Sesión Extraordinaria celebrada el lunes 07 de diciembre de 2015 y Sesión Ordinaria del miércoles 09 de diciembre de 2015, dispone que "Modificación de Aranceles.- El Concejo Cantonal de acuerdo al estudio técnico financiero establecerá anualmente, mediante ordenanza, la tabla de aranceles por los servicios de registro y certificación que preste, de acuerdo al Art. 33 de la Ley del Sistema Nacional de Registro de Datos Públicos".

Que la Ley Reformatoria al Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización, fue publicada en...

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