Cantón Pasaje: Que regula el arrendamiento, uso, funcionamiento y administración de la 'Plaza Comercial San Antonio de Pasaje'
Fecha de disposición | 10 Junio 2015 |
Fecha de publicación | 13 Febrero 2016 |
Número de Gaceta | 502-Edición Especial |
EL GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTON PASAJE
Considerando:
Que, el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Pasaje, en sesiones ordinarias celebradas los días 07 y 14 de Agosto del 2006, discutió y aprobó la Ordenanza Sustitutiva de Mercados Municipales del Cantón Pasaje.
Que, ante la necesidad de mejorar las condiciones de expendio de víveres de primera necesidad y más artículos, la Municipalidad ha creído conveniente construir un Mercado Multifuncional, mediante créditos otorgados por el Banco del Estado,
Que, es necesario actualizar las normas que permitan un adecuado control, regulación y administración del Mercado Multifuncional de Pasaje.
Que, la administración municipal ha estudiado y analizado la propuesta de Ordenanza, encaminada a optimizar la atención al público, regular y promover un desarrollo social y económico de sus actividades comerciales.
Que, el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, en su Art. 54 literal l), establece como funciones del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal, Prestar servicios que satisfagan necesidades colectivas respecto de los que no exista una explícita reserva legal a favor de otros niveles de gobierno, así como la elaboración, manejo y expendio de víveres; servicios de faenamiento, plazas de mercado y cementerios.
Que, el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, publicado en el Suplemento del Registro Oficial No. 303, del 19 de octubre del 2010, determina claramente las fuentes de obligación tributaria.
Que la Constitución de la República del Ecuador en su Art. 264, numeral 5 faculta a los Gobiernos Municipales, a crear, modificar o suprimir mediante ordenanzas, tasas y contribuciones especiales de mejoras.
En ejercicio de la facultad que le confiere el Art. 57 literal b) y 58 literal b) del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD).
Expide:
LA ORDENANZA QUE REGULA EL ARRENDAMIENTO, USO, FUNCIONAMIENTO Y ADMINISTRACION DE LA "PLAZA COMERCIAL SAN ANTONIO DE PASAJE".
GENERALIDADES
El Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Pasaje concederá el derecho a ejercer la comercialización de productos para el consumo humano, previa inscripción en el registro que para el efecto mantendrá la Jefatura de Rentas Municipales en coordinación con la Dirección de Servicios Públicos.
La utilización de tales áreas es general y gratuita, de acuerdo a las condiciones naturales y propias de su uso, sin que en ellas se puedan ubicar ninguna clase de objetos o mercadería.
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Comercialización de Víveres (abarrotes, verduras y especerías).
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Comercialización de Productos: Embutidos, Cárnicos, Avícolas y/o pescados y mariscos.
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Comercialización de productos lácteos y sus derivados.
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Comercialización de flores, plantas medicinales y frutas.
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Bazares y Artesanías.
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Comercialización de comida preparada
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Comercialización de Servicio de Parqueo y zona tarifada, en las calles secundarias Piedrahita y Olmedo (perímetro de la Plaza)
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Servicios Bancarios.
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Comercialización de Electrodomésticos.
JURISDICCION Y COMPETENCIA
ÁREAS DE LA PLAZA SAN ANTONIO
Y SU PERÍMETRO
Los locales o bodegas comerciales de los inmuebles particulares ubicados alrededor de la Plaza Comercial "San Antonio" de Pasaje que se encuentren a una distancia de 200 metros a la redonda, no serán autorizados por el GAD Municipal a sus propietarios ni a sus arrendatarios para el expendio de ninguno de los servicios que brindará la Plaza Comercial en sus distintas áreas, conforme lo estipula el Art. 7 de esta ordenanza.
DE LAS AUTORIDADES MUNICIPALES:
DE LOS PUESTOS:
DE LA UTILIZACIÓN DE UN PUESTO:
CAPITULO III DEL ARRENDAMIENTO.
Esta designación no será alterada mientras el comerciante titular mantenga el permiso de ocupación del puesto.
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Solicitud del interesado.
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Ser de nacionalidad ecuatoriana; caso contrario, se tendrá que demostrar estar legalmente domiciliado en el Cantón Pasaje, por el tiempo de 5 años.
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Ser mayor de 18 años.
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Copia de Cedula de Ciudadanía y certificado de votación
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Certificado de no adeudar a la Municipalidad.
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Determinar la clase de negocio que va a establecer.
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