Ordenanzas Municipales. Cantón Pichincha: De Regulación, Administración Tarifas De Agua Potable Y Alcantarillado Empresa Pública De Agua Potable Alcantarillado Del Cantón Pichincha Epmapap

Número de Boletín92
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
22 – Martes 3 de octubre de 2017 Registro Of‌i cial Nº 92
Considerando que la ciudad de Cayambe se encuentra
saturado con las operadoras de transporte que actualmente
prestan servicio y que el espacio físico, no permite la
correcta movilidad, afecta al medio ambiente, con la
emanación de gases de los motores, el Gobierno Autónomo
Descentralizado Intercultural y Plurinacional del Municipio
de Cayambe no receptará por el momento, solicitudes
tendientes a obtener autorización para el uso del suelo,
para nuevas operadoras del Transporte Comercial como:
carga liviana, mixta, taxis, escolar hasta mayo del 2021
luego de lo cual se reconsiderará la medida; a excepción
de las parroquias rurales y lugares que se encuentren a una
distancia mínima de 1,5 km de distancia de la parada de
las operadoras existentes de acuerdo a la necesidad que
se demuestre y justif‌i que el estudio técnico y el análisis
realizado por la respectiva Comisión de Transporte y puesto
para su consideración y aprobación en el pleno del Concejo
Municipal” Empresa Pública Municipal de Movilidad del
cantón Cayambe, EPMM-C; acogerá esta disposición.
DISPOSICION DEROGATORIA
La Ordenanza de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad
Vial quedará derogada una vez que concluya plenamente el
periodo de transición.
DISPOSICIÓN FINAL
La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir de la
aprobación por Concejo Municipal, sin perjuicio de su
publicación en la Gaceta Of‌i cial Municipal, Registro Of‌i cial
y página web institucional.
Dado en la sala de sesiones del Gobierno Autónomo
Descentralizado Intercultural y Plurinacional del Municipio
de Cayambe, a los 28 días del mes de julio del 2017.
f.) Lic. Guillermo Churuchumbi Msc., Alcalde del cantón
Cayambe.
f.) Msc. Dr. Milton Quinche Farinango, Secretario General
y de Concejo.
SECRETARÍA GENERAL Y DE CONCEJO.- Cayambe,
31 de julio del 2017.- La presente Ordenanza, fue discutida
y aprobada por el Concejo Municipal de Cayambe, en dos
sesiones ordinarias, llevadas a cabo los días 13 de julio del
2017 y 28 de julio del 2017, respectivamente. Lo certif‌i co.
f.) Dr. Milton Quinche Farinango, Secretario General y de
Concejo.
SECRETARÍA GENERAL Y DE CONCEJO.- Cayambe
31 de julio del 2017.- Para cumplimiento de lo dispuesto
Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD),
remito al señor Alcalde Lic. Guillermo Churuchumbi Msc.,
LA ORDENANZA DE CREACIÓN DE LA EMPRESA
PÚBLICA MUNICIPAL DE MOVILIDAD DE
CAYAMBE EPMM-C”, con su respectiva certif‌i cación de
aprobación, para su sanción u objeción pertinente.
f.) Dr. Milton Quinche Farinango, Secretario General y de
Concejo.
EL ALCALDE DEL CANTÓN CAYAMBE.- Cayambe
a 1 de agosto del 2017.- Analizada la presente ordenanza,
de conformidad con el Art. 322 del COOTAD, la OBJETÓ,
parcialmente parte del contenido, específ‌i camente el Art.
11, mismo que ha sido remitido al Concejo Municipal de
Cayambe con la propuesta correspondiente.
f.) Lic. Luis Guillermo Churuchumbi Lechón Msc.,
Alcalde del cantón Cayambe.
RAZÓN.- Siento como tal, que en la sesión ordinaria
realizada el día 2 de agosto del 2017, el Concejo Municipal
de Cayambe, se allanó y se ratif‌i có a las observaciones
realizadas al texto del Art. 11 de la Ordenanza que
antecede, acta de sesión que fue aprobada en la sesión de
fecha 9 de agosto del 2017.-Lo certif‌i co.- Cayambe, a 10
de agosto del 2017.
f.) Dr. Milton Quinche Farinango, Secretario General y
de Concejo.
EL GOBIERNO AUTÓNOMO
DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN
PICHINCHA
Considerando:
Que, la Constitución en las artículos 238 y 240, prescribe
que los gobiernos autónomos descentralizados gozarán de
autonomía política, administrativa y f‌i nanciera, y se regirán
por los principios de solidaridad, subsidiaridad, equidad
interterritorial, integración y participación ciudadana;
y, que los gobiernos autónomos descentralizados de los
cantones tendrán facultades legislativas en el ámbito
de sus competencias y jurisdicciones territoriales y que
todos los gobiernos autónomos descentralizados ejercerán
facultades ejecutivas en el ámbito de sus competencias y
jurisdicciones territoriales;
Que, el numeral 14 del artículo 264 de la Constitución
del Estado, dispone que los gobiernos autónomos
descentralizados municipales en el ámbito de sus
competencias y territorio, y en uso de sus facultades,
expedirán ordenanzas cantonales;
Autonomía y Descentralización en el Art. 55 establece
como competencias exclusivas del gobierno autónomo
descentralizado municipal el prestar los servicios públicos
de agua potable, alcantarillado, depuración de aguas
residuales, manejo de residuos sólidos, actividades de
saneamiento ambiental y aquellos que establezca la ley;
Territorial, Autonomía y Descentralización conf‌i ere a los
Gobiernos Municipales la facultad de crear, modif‌i car,
o I
be, a lo
uillerm
on Quinche Farinango, Se
ERAL Y
de sesiones del
ntercultural y Plurina
os 28 días del mes de
uinche Farinango, Secretario Ge
G
nacion
de julio d
Churuchumbi Msc., Alc
Of‌i cial M
onal.
de
Int
los
mo Churuchumbi Msc., Alcalde
Fi
no Au
del Mun
2017
tónom
i
o
7.
el cantó
Qu
TRAL
GOB
LIZAD
IER
DO
RNO
al
o
in
ue lo
tonom
lo
a Co
s gobi
nstitu
i
Con
CHIN
UNIC
CH

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR