Ordenanzas Municipales. Cantón Piñas: Reformatoria a la 'Ordenanza de Creación del Sistema Municipal de Estacionamiento Rotativo Tarifado de la ciudad de Piñas - SIMERTPI',

Número de Boletín825
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Fecha de la disposición 6 de Julio de 2016

GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE PIÑAS

Considerando:

Que, en la entidad municipal existe la ORDENANZA DE CREACIÓN DEL SISTEMA MUNICIPAL DE ESTACIONAMIENTO ROTATIVO TARIFADO DE LA CIUDAD DE PIÑAS - SIMERTPI, publicada en el Registro Oficial Nro. 489, del martes 28 de abril de 2015.

Que, ante la sugerencia de varias personas, es necesario reformar la indicada ordenanza en algunos de sus artículos y literales, con el propósito de dar facilidad a los usuarios en la movilidad urbana.

En uso de las atribuciones conferidas tanto en la Constitución de nuestra República, así como en el Código Orgánico de Organización Territorial. Autonomía y Descentralización, en su Art. 57 literal a).

Expide:

La siguiente: ORDENANZA REFORMATORIA A LA "ORDENANZA DE CREACIÓN DEL SISTEMA MUNICIPAL DE ESTACIONAMIENTO ROTATIVO TARIFADO DE LA CIUDAD DE PIÑAS - SIMERTPI", publicada en el Registro Oficial Nro. 489, del martes 28 de abril de 2015".

Art. 1 Refórmese el inciso segundo y tercero del Art. 15 de la ordenanza, conforme lo siguiente:
Art. 15 DE LOS DÍAS Y HORARIOS DEL SIMERTPI.-........

Sustitúyase inciso segundo, por el siguiente texto:

A excepción de los días 8 ocho y 9 nueve de noviembre por celebrarse el día de cantonización de Piñas, viernes santo y 1 uno de enero no serán tarifados, pero se deberá respetar la señalización.

Sustitúyase inciso tercero, por el siguiente texto:

Se podrá decretar un día o días no tarifados cuando el alcalde autorice con motivo fundamentado, o en casos de emergencia de desastres naturales y catástrofe.

Art. 2 Agréguese inciso segundo en el literal a.) LA AV. 8 DE NOVIEMBRE del Art. 18.1...fide la ordenanza, conforme lo siguiente:

Agréguese inciso segundo, por el siguiente texto:

Será zona pagada del estacionamiento rotativo tarifado de vehículos livianos el tramo comprendido desde la casa del extinto señor Monfilio Sotomayor hasta la escalinata de la calle Gral. José Gallardo Román, lado Sur, conforme a la señalización del lugar.

Art. 3 Refórmese inciso segundo de la reforma de 28 de mayo de 2015, y Agréguese inciso tercero en el literal e.) LA CALLE SUCRE del Art. 18.1...fide la ordenanza, conforme lo siguiente:

Sustitúyase inciso segundo, por el siguiente texto:

Además en el tramo comprendido de la intersección con la Av. Loja (sector 5 esquinas) hasta la calle González Suárez lado Norte se asignará un área de estacionamiento de (42.5m2) cuarenta y dos metros y medio cuadrados y en el tramo comprendido desde la calle Juan León Mera hasta la calle García Moreno lado Norte se asignará un área de estacionamiento de (27.5m2) veintisiete y medio metros cuadrados de espacio para el uso de estacionamiento de la Cooperativa Orquídea de los Andes, en el tramo comprendido desde la calle Juan León Mera hasta la calle José Joaquín de Olmedo lado Sur se asignará un área de (22.5m2) veintidós punto cinco metros cuadrados de espacio para el uso de estacionamiento de una unidad de la Compañía TRANSCAPIRO S.A., con un máximo de 30 treinta minutos de estacionamiento antes de cada salida; y su recorrido lo hará siguiendo la calle Sucre hacia el Este hasta salir a la Av. 8 de Noviembre en el sector denominado El Sesteadero. También en el tramo comprendido desde la calle 10 de agosto hasta las escalinatas Unión Obrera se...

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