Ordenanzas Municipales. Cantón Portoviejo: Que Fi Ja La Tabla De Aranceles O Tarifas Por Los Servicios Que Presta La Empresa Pública Municipal Registro De La Propiedad
Número de Boletín | 130 |
Sección | Ordenanzas Municipales |
Emisor | Gobiernos Autónomos Descentralizados |
Miércoles 29 de noviembre de 2017 – 3Registro Ofi cial Nº 130 – Suplemento
Dado y suscrito en la sede de la Asamblea Nacional,
ubicada en el Distrito Metropolitano de Quito, provincia
de Pichincha, a los siete días del mes de noviembre de dos
mil diecisiete.
f.) DR. JOSÉ SERRANO SALGADO, Presidente.
f.) DRA. LIBIA RIVAS ORDÓÑEZ, Secretaria General.
EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO
MUNICIPAL DEL CANTÓN PORTOVIEJO
Considerando:
Que, el Art. 240 de la Constitución de la República del
Ecuador confi ere a los gobiernos municipales facultades
legislativas en el ámbito de sus competencias y
jurisdicciones territoriales;
Que, la Constitución de la República del Ecuador vigente
a partir del mes de octubre de 2008, en su Art. 265 dispone
que: “El sistema público de registro de la propiedad será
administrador de manera concurrente entre el gobierno
central y las municipalidades”;
Que, el último inciso del artículo 264 de la Constitución
de la República del Ecuador dispone que los Gobierno
Municipales en el ámbito de sus competencias y territorio
y en uso de sus facultades expidan ordenanzas Cantonales;
de Autonomía y Descentralización, en su art. 57 literal
a), establece facultades normativas en materias de
competencia del gobierno autónomo descentralizado
municipal, mediante la expedición de ordenanzas, la
Cantonales, acuerdos y resoluciones;
Autonomía y Descentralización en su artículo 60
manifi esta que al alcalde o alcaldesa les corresponde; d)
Presentar proyectos de ordenanzas al concejo municipal
en el ámbito de competencias del gobierno autónomo
descentralizado municipal; y, e) Presentar con facultad
privativa, proyectos de ordenanzas tributarias que creen,
modifi quen, exoneren o supriman tributos, en el ámbito de
las competencias correspondientes a su nivel de gobierno.
Que, el Art. 322 del Código Orgánico de Organización
Territorial de Autonomía y Descentralización, atribuye
a los Concejos Municipales, la facultad de aprobar
ordenanzas municipales, con el voto conforme de la
mayoría de sus miembros.
Que, con fecha 20 de septiembre del 2016, fue sancionada
la Ordenanza de Creación de la Empresa Pública Municipal
Registro de la Propiedad del cantón Portoviejo
Que, con fecha 17 de octubre del 2016, fue sancionada la
Ordenanza Sustitutiva a la Ordenanza de Incentivo para el
Desarrollo de Nuevas Inversiones Productivas en el Cantón
Portoviejo, la cual busca establecer benefi cios tributarios
a quienes realicen nuevas inversiones productivas en la
jurisdicción de la capital manabita.
Que, con fecha 02 de febrero del 2017, fue sancionada
la Ordenanza que contiene la Primera Reforma a la
Ordenanza de Creación de la Empresa Pública Municipal
Registro de la Propiedad del cantón Portoviejo,
Que, el artículo 12 de la Resolución Nro. 021-NG-
DINARDAP-2013, del 4 de junio del 2013, sobre “Norma
que Crea y Regula procedimiento para el uso y manejo del
Sistema de Notifi caciones Electrónicas”, dice: “Cobro
de los servicios registrales.- Conforme lo determina el
artículo 33 de la Ley del Sistema Nacional de Registro de
Datos Públicos al municipio de cada cantón establecer
los aranceles por los servicios de registro y certifi caciones
que preste el registro de la propiedad.
Las instituciones que requieran los servicios de los
diferentes Registros de la Propiedad realizarán los pagos
conforme lo determinen las respectivas municipalidades o
registros según sea el modelo de gestión adoptado por el
municipio para el funcionamiento del Registro.
Cuando se requiera los servicios de otros registros de
datos públicos, el usuario solicitante deberá cancelar los
valores correspondientes en conformidad con la ley”.
Que, el artículo 33 de la ley Nacional de Registro y
Datos Públicos sobre el establecimiento de los Aranceles,
dispone en su segundo párrafo que “…En el caso del
registro de la propiedad de inmuebles será el municipio
de cada cantón el que con base en el respectivo estudio
técnico fi nanciero, establecerá anualmente la tabla de
aranceles por los servicios de registro y certifi cación que
preste”.
Por lo expuesto, el Concejo Municipal del cantón
Portoviejo, en uso de las atribuciones que le confi ere la
Constitución de la República del Ecuador y la Ley:
Expide:
LA ORDENANZA QUE FIJA LA TABLA DE
ARANCELES O TARIFAS POR LOS SERVICIOS
QUE PRESTA LA EMPRESA PÚBLICA
MUNICIPAL REGISTRO DE LA PROPIEDAD DEL
CANTÓN PORTOVIEJO
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