Cantón Pucará: Para el cobro de tasas por servicios técnicos y administrativos, realizados por el Gobierno Municipal

Número de Boletín873-Segundo Suplemento
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Fecha de la disposición 1 de Octubre de 2012

EL ILUSTRE CONCEJO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE PUCARÁ

Considerando:

Que, la Constitución de la República del Ecuador vigente, establece una nueva organización territorial del Estado, incorpora nuevas competencias a los gobiernos autónomos descentralizados y dispone que por ley se establezca el sistema nacional de competencias, los mecanismos de financiamiento y la institucionalidad responsable de administrar estos procesos a nivel nacional.

Que el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización en el Art. 566 establece que las Municipalidades podrán aplicar tasas retributivas de servicios públicos municipales siempre que el monto guarde relación con el costo de producción de dichos servicios.

Que, el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización en el Art. 568 establece que las tasa serán reguladas mediante Ordenanzas cuya iniciativa es privativa del Alcalde Municipal, tramitada y aprobada por el respectivo Concejo, para la prestación de los siguientes servicios:

  1. Aprobación de planos e inspección de construcciones

  2. Servicios Administrativos

  3. Otros servicios de cualquier naturaleza.

Que, el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización en el Art. 567 establece que se pagaran las tasas que se establezcan por la prestación de Servicios Públicos que otorguen las Municipalidades, distritos metropolitanos y sus empresas.

Que, el numeral 5 del Art. 264 de la Constitución de la República establece la facultad de crear, modificar o suprimir mediante ordenanzas, tasas y contribuciones especiales de mejoras.

En uso de sus atribuciones que establece el Art. 57 literal a) del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización:

Expide:

ORDENANZA PARA EL COBRO DE TASAS POR SERVICIOS TÉCNICOS Y ADMINISTRATIVOS, REALIZADOS POR EL GOBIERNO MUNICIPAL DEL CANTÓN PUCARÁ.

Art. 1 OBJETO DE LA TASA.- El objeto de las tasas que se reglamenta en la presente ordenanza, es la prestación de los servicios técnicos y administrativos que el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Pucará brinda a la ciudadanía.
Art. 2 SUJETO ACTIVO.- El sujeto activo de la prestación de servicios técnicos y administrativos, grabados por las tasas establecidas en esta ordenanza, es el GAD Municipal de Pucará, tributo que le administrará a través de Tesorería Municipal.
Art. 3 SUJETO PASIVO.- Son sujetos pasivos de la prestación de servicios técnicos y administrativos,...

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