Ordenanzas Municipales. Cantón Puerto López: Reformatoria del Art. 5 de la Ordenanza que regula la administración, control y recaudación de la tasa por servicios técnicos y administrativos

Número de Boletín595-Edición Especial
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Fecha de la disposición14 de Enero de 2016

EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN PUERTO LÓPEZ

Considerando:

Que, el Artículo 5 del Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización, dispone: La autonomía política, administrativa y financiera de los Gobiernos Autónomos Descentralizados y regímenes especiales prevista en la Constitución, comprende el derecho y la capacidad efectiva de estos niveles de gobierno para regirse mediante normas y órganos de gobierno propios, en sus respectivas circunscripciones territoriales, bajo su responsabilidad, sin intervención de otro nivel de gobierno y en beneficio de sus habitantes; al referirse a la autonomía financiera, manifiesta que es el derecho de los Gobiernos Autónomos Descentralizados de recibir de manera directa, predecible, oportuna, automática y sin condiciones, los recursos que les corresponden de su participación en el Presupuesto General de Estado, así como en la capacidad de generar y administrar sus propios recursos, de acuerdo a lo dispuesto en la Constitución y la ley.

Que, el Artículo 55, del COOTAD manifiesta que, los Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales tendrán las siguientes competencias exclusivas sin perjuicio de otras que determine la ley: literal e) Crear, modificar, exonerar o suprimir mediante ordenanzas, tasas, tarifas y contribuciones especiales de mejoras. De igual manera el Artículo 57 del mismo cuerpo legal manifiesta que son atribuciones del Concejo Municipal.- literal c) Crear, modificar, exonerar o extinguir tasas y contribuciones especiales por los servicios que presta y obras que ejecute.

Que, el Artículo 568, del Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización, manifiesta que las tasas serán reguladas mediante ordenanzas, cuya iniciativa es privativa del Alcalde Municipal o Metropolitano, tramitada y aprobada por el respectivo Concejo.

Que, con fecha 13 de enero del 2015, el Concejo Municipal del Cantón Puerto López, aprobó LA ORDENANZA QUE REGULA LA ADMINISTRACIÓN, CONTROL Y RECAUDACIÓN DE LA TASA POR SERVICIOS TECNICOS Y ADMINISTRATIVOS EN EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN PUERTO LÓPEZ.

Que, según el informe técnico presentado por el señor Ing. Carlos Villacreses Rodríguez, en su calidad de Director de Planificación y Ordenamiento Territorial de este Gobierno Municipal, memorando Nº 003-GADMCPL-DP-2016, de fecha 4 de enero del 2016, manifiesta que con el objeto de crear condiciones para adaptarnos al...

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