Ordenanzas Municipales. Cantón Putumayo: Reformatoria de la Ordenanza sustitutiva para la determinación, administración y recaudación de tasas y especies valoradas por la prestación de servicios técnicos y administrativos en el GADMP

Número de Boletín1893
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Jueves 20 de enero de 2022Registro Ocial - Edición Especial Nº 1893
51
Av. Francisco de Orellana y Av. Ecuador
Teléfono: (06) 2369 021 / (06) 2369 065
Web: www.putumayo.gob.ec | Email: sitioweb@putumayo.gob.ec
Putumayo Sucumbíos - Ecuador
GOBIERNO AUTÓNOMO
DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE PUTUMAYO
Fundado: 30 de abril de 1969
#Trabajando por un futuro Mejor.!
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EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN
PUTUMAYO
EXPOSICION DE MOTIVOS
El Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Putumayo, ejerciendo las atribuciones
Organización Territorial Autonomía y Descentralización y la Ley de Régimen Tributario; en
particular el Art. 5 párrafo cuarto en concordancia con el Art. 53 de la referida Ley; con
relación a la Autonomía Financiera y la capacidad de generar y administrar sus propios
recursos, ha visto la necesidad de dinamizar, actualizar, crear y eliminar tasas, en aras de
generar recursos financieros que contribuyan al cumplimiento efectivo de las competencias
del Gobierno Municipal, bajo los principios de legalidad, generalidad, igualdad,
proporcionalidad e irretroactividad.
El Concejo Municipal está obligado a expedir, reformar y derogar ordenanzas con la finalidad
de mantener toda norma municipal actualizada y aplicable a la realidad cantonal. Para ello
esta investida de la facultad normativa que consta en el art. 7 del COOTAD y del literal e) del
art. 55 del mismo cuerpo legal.
CONSIDERANDO:
Que, La constitución de la República del Ecuador consagra en su Art. 82.- el derecho a la
seguridad Jurídica se fundamenta en el respeto a la constitución y en la existencia de normas
jurídicas previas, claras, públicas y aplicadas por las autoridades competentes
Que, la misma Constitución, sobre las competencias de los gobiernos municipales en el
numeral 5 del Art.264 contempla, “Crear, modificar o suprimir mediante ordenanzas, tasas
y contribución especial de mejoras.
Que, El Régimen Tributario en el Ecuador se rige por el principio de legalidad, que es una de
las garantías que tiene el contribuyente, para que no sea obligado a pagar por un tributo
que no esté legalmente establecido en una ley, así mismo garantiza a la Administración
Tributaria para la ejecución de las normas si no lo cumpliere el contribuyente.
Que, EL código Tributario en su Art. 82 dice: ”Presunción del Acto Administrativo.-Los actos
administrativos tributarios gozaran de las presunciones de legitimidad y ejecutoriedad y
están llamados a cumplirse: pero serán ejecutivos. Desde que se encuentren firmes o se
hallen ejecutoriados “

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