Ordenanzas Municipales. Cantón Putumayo: Para regular, autorizar y controlar la explotación de materiales áridos y pétreos que se encuentran en los lechos de los ríos, lagos y canteras

SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Lunes 30 de enero de 2017 – 11Registro Of‌i cial – Edición Especial Nº 862
La sanción de clausura se mantendrá por un período mínimo
de tres días, hasta que el contribuyente pague el impuesto,
multas, intereses y recargos generados. Si los contribuyentes
reinciden en las faltas que ocasionaron la clausura, serán
sancionados con una nueva clausura por un plazo mínimo
de 8 días, o hasta que satisfagan las obligaciones en mora.
Art. 52- Destrucción de sellos, u oposición a la clausura.-
La destrucción de los sellos que impliquen el reinicio de
actividades sin la debida autorización, o la oposición a la
clausura, dará lugar a iniciar las acciones legales pertinentes.
Art. 53.- Sanción al incumplimiento de las obligaciones
tributarias.- La Administración tributaria Municipal,
podrá hacer uso de las medidas necesarias contempladas
en el Código Tributario y demás normas pertinentes para
sancionar el incumplimiento de las obligaciones tributarias;
y particularmente, podrá disponer la clausura temporal o
def‌i nitiva del establecimiento o establecimientos, respecto
de los cuales no se hayan cumplido las obligaciones
tributarias en forma oportuna.
Cuando acaeciere el cierre def‌i nitivo, el sujeto pasivo o
representante legal de ser el caso, no podrán ejercer otra
actividad que incurriere en el hecho generador de este
tributo, hasta que pague los valores adeudados; o haya
transcurrido al menos el lapso de un año.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
Deróguense todas las ordenanzas y resoluciones sobre la
materia que hubieren sido expedidas con anterioridad.
DISPOSICIÓN FINAL
La presente ordenanza entrará en vigencia a partir de su
publicación en el registro of‌i cial, sin perjuicio de ser
publicada en la página web y gaceta of‌i cial conforme lo
Autonomía y descentralización.
Dado y f‌i rmado en la Sala de Sesiones del Gobierno Concejo
Municipal del Gobierno Autónomo Descentralizado
Municipal del Cantón el Empalme, a los ocho días del mes
de Diciembre del año 2016.
f.) Eco. Polivio Lenín Valle Vera, Alcalde del GAMCEE.
f.) Ab. Eudi García Espinoza, Secretario del Concejo.
SECRETARÍA DEL GOBIERNO AUTÓNOMO
DESCENTRALIZADO DEL CANTÓN EL
EMPALME.- El Empalme 09 diciembre del año 2016,
a las 11h20. CERTIFICACIÓN DE DISCUSIÓN.-
CERTIFICO.- Que la presente Ordenanza fue discutida
y aprobada por el Concejo del Gobierno Autónomo
Descentralizado Municipal del Cantón El Empalme, en las
Sesiones Ordinarias llevadas a efecto los días 01 y 08 de
diciembre del año 2016, en primera y segunda instancia
respectivamente.- Lo Certif‌i co.
f.) Ab. Eudi García Espinoza, Secretario del Concejo.
SECRETARÍA GENERAL DEL CONCEJO.- El
Empalme, a los 12 días del mes de diciembre del año 2016,
a las 10h50.- VISTOS.- De conformidad con el inciso
cuarto del Art. 322 del COOTAD, remítase original y copia
de la presente ordenanza al Econ. Polivio Lenín Valle Vera
Alcalde del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal
del Cantón El Empalme para su sanción y promulgación.
f.) Ab. Eudi García Espinoza, Secretario del Concejo.
ALCALDÍA DEL GOBIERNO AUTÓNOMO
DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN
EL EMPALME.- A los trece días del mes de diciembre
del año 2016, a las 11h00.- de conformidad con las
disposiciones constantes en el Art. 322 del COOTAD,
habiéndose observado el trámite legal y por cuanto la
presente Ordenanza guarda conformidad con la Constitución
y más Leyes de la República.- SANCIONO, la presente
Ordenanza para que entre en vigencia de acuerdo a la Ley;
publíquese la presente Ordenanza en la gaceta of‌i cial y
pagina web de esta institución municipal, y en el registro
of‌i cial conforme a lo establecido en el Art. 324 del Cootad.
f.) Eco. Polivio Lenín Valle Vera, Alcalde del Gobierno
Autónomo Descentralizado del Cantón El Empalme.
Proveyó y f‌i rmó la presente Ordenanza, el Econ. Polivio
Lenín Valle Vera, Alcalde del Gobierno Autónomo
Descentralizado Municipal del Cantón El Empalme, a
los trece días del mes de diciembre del año 2016.- LO
CERTIFICO.
f.) Ab. Eudi García Espinoza, Secretario del Concejo.
EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO
MUNICIPAL DE PUTUMAYO
Considerando:
Que, el Art. 1 de la Constitución de la República, reconoce al
Ecuador como Estado constitucional de derechos y justicia,
social, democrático, soberano, independiente, unitario,
intercultural, plurinacional y laico. Se organiza en forma de
república y se gobierna de manera descentralizada. Además
de regular la organización del poder y las fuentes del
derecho, genera de modo directo derechos y obligaciones
inmediatamente exigibles, su ef‌i cacia ya no depende de la
interposición de ninguna voluntad legislativa, sino que es
directa e inmediata;
Que, el art. 95 de la Constitución de la República, determina
que las ciudadanas y ciudadanos, en forma individual y
colectiva, participarán de manera protagónica en la toma
de decisiones, planif‌i cación y gestión de los asuntos
públicos, y en el control popular de las instituciones del
Estado y la sociedad, y de sus representantes, en un proceso

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR