Cantón Putumayo: Sustitutiva para la gestión integral de residos sólidos

Número de Boletín260-Primer Suplemento
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Martes 12 de junio de 2018 – 9Registro Of‌i cial Nº 260 – Suplemento
31) Londoño Ferrin Whilmer Antonio,
32) Recalde Leyton Ever Fernando,
33) Valverde Martínez Hugo Ernesto,
Ciudadana Guatemalteca:
34) Bobadilla López Karen Jasmín,
Ciudadano Alemán:
35) Tammoschath Michael
Artículo 2.- Solicitar a los Jueces de Garantías
Penitenciarias de los privados de libertad señalados en el
artículo 1 de la presente resolución, a través del Ministerio
de Justicia, Derechos Humanos y Cultos, se considere
la exoneración del pago de la multa a la que fueron
sentenciados.
DISPOSICIÓN FINAL
Única.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir
de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el
Registro Of‌i cial.
Dado en el Distrito Metropolitano de Quito, a los 15 días
del mes de mayo de 2018.
f.) Liliana Guzmán Ochoa, Presidenta del Organismo
Técnico de Rehabilitación Social, por delegación de la
Ministra de Justicia, Derechos Humanos y Cultos.
Razón.- En mi calidad de Secretaria del Organismo
Técnico, CERTIFICO que el Directorio del Organismo
Técnico de Rehabilitación Social discutió y aprobó los
informes técnicos favorables presentados por la Comisión
Especializada de Cambio de Régimen de Rehabilitación
Social, Indultos y Repatriaciones, del Ministerio de
Justicia, Derechos Humanos y Cultos, para que se solicite
al Juez de Garantías Penitenciarias la consideración de
exoneración de multas de las personas extranjeras privadas
de la libertad que constan en el artículo 1 de la presente
resolución, el quince de mayo de dos mil dieciocho.
f.) Priscila Barrera Carmona, Secretaria del Organismo
Técnico de Rehabilitación Social.
RAZÓN: De conformidad a las atribuciones conferidas en
el artículo 12 del Reglamento para el Funcionamiento del
Organismo Técnico del Sistema Nacional de Rehabilitación
Social, CERTIFICO que el documento que antecede en 5
fojas útiles (Resolución 004-2018 Reforma al Reglamento
del Sistema Nacional de Rehabilitación Social), es f‌i el
copia del original, que reposa en la Dirección Nacional
de Secretaría General del Ministerio de Justicia, Derechos
Humanos y Cultos.
Quito, 04 de junio de 2018.
f.) Ab. Priscila Barrera Carmona, Directora Nacional
de Secretaría General, Ministerio de Justicia, Derechos
Humanos y Cultos, Secretaria del Directorio del Organismo
Técnico del Sistema Nacional de Rehabilitación Social.
EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO
DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN
PUTUMAYO
Considerando:
reconoce a la naturaleza como sujeto de derechos;
reconoce a la población el derecho a vivir en un ambiente
sano y ecológicamente equilibrado, que garantice la
sostenibilidad y el buen vivir, sumak Kawsay, además,
declara de interés público la preservación del ambiente,
la conservación de los ecosistemas, la biodiversidad y la
integridad del patrimonio genético del país, la prevención
del daño ambiental y la recuperación de los espacios
naturales degradados;
que el Estado promoverá, en el sector público y privado, el
uso de tecnologías ambientalmente limpias y de energías
alternativas no contaminantes y de bajo impacto;
República garantiza a las personas el derecho a vivir en
un ambiente sano, ecológicamente equilibrado, libre de
contaminación y en armonía con la naturaleza;
República establece que son deberes y responsabilidades de
las ecuatorianas y los ecuatorianos entre otros, el respetar
los derechos de la naturaleza, preservar un ambiente sano y
utilizar los recursos naturales de modo racional, sustentable
y sostenible;
determina que los gobiernos autónomos descentralizados
tendrán facultades legislativas en el ámbito de sus
competencias y jurisdicciones y ejercerán las facultades
ejecutivas en el ámbito de sus competencias y jurisdicciones
territoriales.
República establece que los gobiernos municipales tienen,
entre varias competencias exclusivas, prestar entre otros
servicios públicos, el de manejo de desechos sólidos.
República señala que el régimen de desarrollo tendrá
entre otros los siguientes objetivos: recuperar y conservar
la naturaleza y mantener un ambiente sano y sustentable
que garantice a las personas y colectividades el acceso
equitativo, permanente y de calidad al agua, aire, suelo y a
los benef‌i cios de los recursos del subsuelo y del patrimonio
natural.
establece que los gobiernos autónomos descentralizados
desarrollarán programas de reducción, reciclaje y
tratamiento adecuado de desechos sólidos y líquidos;
Que, la gestión de los residuos sólidos debe ser considerada
en forma integral desde la generación, clasif‌i cación,
barrido, recolección, disposición f‌i nal y tratamiento de los
Residuos Sólidos;
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