Ordenanzas Municipales. Cantón Putumayo: Sustitutiva que regula el funcionamiento del camal municipal, servicio de transporte del camal y el expendio de productos cárnicos

Número de Boletín1893
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Jueves 20 de enero de 2022 Edición Especial Nº 1893 - Registro Ocial
56
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Web: www.putumayo.gob.ec | Email: sitioweb@putumayo.gob.ec
Putumayo Sucumbíos - Ecuador
GOBIERNO AUTÓNOMO
DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE PUTUMAYO
Fundado: 30 de abril de 1969
#Trabajando por un futuro Mejor.!
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EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL
DE PUTUMAYO
EXPOSICIÒN DE MOTIVOS
En función de los GADs municipales prestar servicios que satisfagan las necesidades
colectivas respecto de los que no exista una explicita reserva legal a favor de otros niveles
de gobiernos así como la elaboración, manejo y expendio de víveres y servicios de
faenamiento.
EL COOTAD, establece que la competencia de fomento de la seguridad alimentaria
corresponde a los Gobiernos Autónomo Regionales. Comprende, entre otras cosas
implementar coordinadamente con los GADs provinciales, municipales y parroquiales
rurales, la producción sustentable de alimentos, en especial los provenientes de la
agricultura, actividad pecuaria, pesca, acuacultura y la recolección de productos de medios
ecológicos naturales, garantizando la cantidad y calidad de los alimentos necesarios para la
vida humana.
EL GAD municipal del Cantón Putumayo, exitosamente, ha concluido la fase de adecuación
de su camal, promoviendo un proceso para el manejo adecuado de animales destinado al
consumo humano, observando las normas técnicas como prerrequisito en la producción de
productos cárnicos sanos, dentro del marco de la ley y del sistema de soberanía alimentaria.
EL COOTAD otorga la facultad a los municipios para aplicar tasas retributivas por los
servicios públicos que brinda a los ciudadanos y en este contexto, la regulación de las tasas
de rastro, así como fijar tasas por los diferentes servicios que presta la municipalidad a
través del camal municipal, mataderos y frigoríficos particulares e industriales cárnicos que
funcionan en el Cantón, procurando que aquella sea autosustentable, mediante la aplicación
de tasas equitativas para garantizar un manejo optimo y mantenimiento adecuado a las
instalaciones que sirven para ese fin;
La Ley de Mataderos, manifiesta que las municipalidades u otros organismos públicos o
privados que ejerzan funciones o actividades relacionadas con el contenido de esta
normativa deberá concordar sus disposiciones con las del presente instrumento;
Es conveniente a los altos intereses del Cantón Putumayo y a la salud de sus habitantes,
proporcionar al consumidor productos alimenticios de origen animal de alta calidad y a
precios equitativos.
La Administración 2019-2023, ha definido la implementación de modernos mataderos
frigoríficos bajo control sanitario estrictamente técnicos y la inspección del ganado de abasto
y de la carne, volviéndose prioritario expedir una Ordenanza Municipal que regule los
ingresos por los servicios mencionados.
QUE, la Constitución de la República del Ecuador enmarca como política los derechos del
buen vivir de los ciudadanos proveyéndoles de alimentos sanos, seguros, permanentes,
suficientes, y nutritivos, preferentemente producidos a nivel local y en correspondencia con
sus diversas identidades y tradiciones culturales tomando en cuenta que el estado
ecuatoriano promoverá la soberanía alimentaria; además un ambiente sano para el
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consumo de nuestros productos en buen estado, garantizando el buen vivir para nuestro
cantón;
Descentralización COOTAD, señala que: son funciones del gobierno autónomo
descentralizado municipal las siguientes: literal l) "Prestar los servicios que satisfagan
necesidades colectivas respecto de los que no exista una explícita reserva legal a favor de
otros niveles de gobierno, así como la elaboración, manejo y expendio de víveres, servicios
de faenamiento, plazas de mercado y cementerios;
QUE, el artículo 264 de la Constitución del Estado señala: "Los gobiernos municipales
tendrán las siguientes competencias exclusivas sin perjuicio de otras que determine la ley.
Inc. Final: "En el ámbito de sus competencias y territorio, y en uso de sus facultades,
expedirán ordenanzas cantonales.
QUE, el objetivo principal de la presente ordenanza es brindar un servicio a través de la
aplicación de una normativa que cuente con un lugar fijo donde realizar el faenamiento de
ganado Mayor y Menor, una infraestructura adecuada que cumpla con las condiciones
establecidas en esta ordenanza con el fin de obtener un mejor manejo, elaboración y
expendio de cárnicos;
QUE, el manejo adecuado de las diversas especies a faenar, es de vital importancia para las
empresas frenadoras, mediante procedimientos adecuados, para asegurar el bienestar del
animal y la calidad en el producto, que actualmente se expende al público a través de los
negocios como son las carnicerías, por tanto es imprescindible contar con este servicio de
faenamiento;
QUE, de acuerdo con el artículo 2 de la Ley de Mataderos (Decreto Supremo N° 502-C); los
centros de faenamiento: "Son los establecimientos dotados de las instalaciones completas y
equipos mecánicos adecuados para el sacrificio, manipulación, elaboración, preparación y
conservación de las especies de carnicería bajo varias formas, con aprovechamiento
completo, racional y adecuado de los subproductos no comestibles cuando la cantidad
justifique su aprovechamiento industrial. Poseerán instalaciones de frío industrial
proporcionales a su tamaño;
QUE, el artículo 4 de la Ley de Mataderos (Decreto Supremo N° 502-C); manifiesta que:
"Las funciones Sanitarias y la clasificación de las carnes estarán a cargo de Médicos
Veterinarios oficiales".
Descentralización COOTAD, señala: "Los Gobiernos Autónomos Descentralizados
Municipales Tendrán las siguientes competencias exclusivas sin perjuicio de otras que
determine la ley" literal e) "Crear, modificar, exonerar o suprimir mediante ordenanzas,
tasas, tarifas y contribuciones especiales de mejoras";
Descentralización COOTAD, señala: "Objeto y determinación de las tasas - Las

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