Ordenanzas Municipales. Cantón Puyango: Que reforma a la Ordenanza que regula el cobro de contribuciones especiales de mejoras por obras ejecutadas

Número de Boletín816
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Registro Ocial - Edición Especial Nº 816
39
Viernes 31 de marzo de 2023
1
GOBIERNO AUTÓNOMO DESCE NTRALIZADO MUNICIPAL DE PUYANGO.
Concejo Municipal
“REFORMA A LA ORDE NANZA QUE RE GULA EL COBRO DE LAS CONTRIBUCIONES
ESPECIALES DE MEJORAS POR OBRAS EJECUTADAS POR EL GOBIERNO
AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE PUYANGO”
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS.
El marco de la reforma democrática del país, se encuentra siempre en un proceso de modificación del
ordenamiento ju rídico vigent e, a fin de ajust arlo a las neces idades de cambio socia l, de organización
institucional y de modernización Estatal.
La Constitución de la República, establece una nueva organización territorial del Estado, incorpora
nuevas competencias a los gobiernos autónomos descentralizados y dispone que por ley se establezca
el sistema nacional de competencias, los mecanismos de financiamiento y la institucionalidad
responsable de administrar estos procesos a nivel nacional;
Es necesa rio cont ar con u n cuerpo legal codifica do que integre la normativa de todos los gob iernos
autónomos descentralizados, como mecanismo para evitar la dispersión jurídica y contribuir a
brindar racionalida d y complementariedad al ordena mient o jurídico;
Atendiendo el mandato de la Disposición Transitoria Vigésimo Segunda del COOTAD, adecuar y
armonizar la normativa a fin de garantizar su efectiva eficaz vigencia; toda vez que, dicha
disposición legal anota que “En el período actual de funciones, todos los órganos normativos de los
gobiernos autónomos descentralizados deberán actualizar y codificar las normas vigentes en cada
circunscripción terr itorial y crearán gacetas nor mativas oficia les, con fines de infor mación, regist ro y
codificación”.
Debido a la grave situación económica que se presentó debido a la pandemia de covid 19 que ha
dejado debilitando la economía de los Puyanguenses, el concejo municipal en consecuencia con esta
realidad ha considerado pertinente aumentar los años de prorrateo hasta 20 por concepto de
contribuciones especiales de mejoras, conforme al valor del costo total de inversión de obra.
Que, en uso de las facultades constitucionales y legales el Cabildo de Puyango.
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DEL
CANTÓN PUYANGO.
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 240 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "Los gobiernos
autónomos descentralizados de las regiones, distritos metropolitanos, provincias y cantones tendrán
facultades legislativas en el ámbito de sus competencias y jurisdicciones territoriales...".
Que, la Constitución de la República del Ecuador en su artículo 264 indica: "Los gobiernos
municipales tendrán las siguientes compet encias exclusivas sin perjuicio de otras que determine la
ley: 5) Crear, modificar o suprimir mediante ordenanzas, tasas y contribuciones especiales de
mejoras".
Que, la Constitución de la República del Ecuador en su artículo 300, establ ece: "El régimen
tributario se regirá por los principios de generalidad, progresividad, eficiencia, simplicidad
administrativa, irretroactividad, equidad, transparencia y suficiencia recaudatoria. Se priorizarán
los impuestos directos y progresivos.

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