Cantón Quinindé: Sustitutiva a la Ordenanza que regula la administración, control y recaudación del impuesto a las utilidades en la transferencia de los predios urbanos y plusvalía

Fecha de publicación03 Mayo 2022
Número de Gaceta54
Martes 3 de mayo de 2022 Tercer Suplemento Nº 54 - Registro Ocial
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ORDENANZA SUSTITUTIVA A LA ORDENANZA QUE REGULA LA
ADMINISTRACION, CONTROL Y RECAUDACIÓN DEL IMPUESTO A
LAS UTILIDADES EN LA TRANSFERENCIA DE LOS PREDIOS
URBANOS Y PLUSVALÍA EN EL CANTÓN QUININDÉ
EL C ONCEJO D EL GOBIERNO AUT ONOMO DESCENTRALIZADO
MUNICIPAL DEL CANTÓN QUININDÉ
EXP OSICIÓN DE MOTIVOS
A partir de la publicación en el Registro Oficial de nuestra nu eva Constitución en el
año 2008, varias han sido las normas que han sufrido cambios totales o reformas;
un a de ellas fue el de la Ley de régimen municipal que fue derogada y en su lugar
Descentralización (COOTAD), mismo que establece las competencias y funciones
de los distintos niveles de gobierno.
Por lo que, guardando concordancia con los preceptos legales previstos en la
Constitución de la Repú blica del Ecuador y el Código Orgánico de Organización
Territorial, Au tonomía y Descentralización, Ley Orgáni ca de Participación Ciu dadana
y Control Social; es necesario que la mun icipalidad de Quinindé asuma un papel
preponderante en el tema del cobro justo por concepto de este Impuesto a la Utilidad
a través de la expedición de u na ordenan za que regule el referido impu esto, qu e el
GAD Mun icipal vien e cobrando por con cepto de transferencias de dominio de bienes
inmu ebles ubicados en áreas urban as debidamente catastradas.
Con el presen te proyecto se pretende reglamen tar y adecuar la gestión del impuesto
de Plusvalía en el Can tón Quinindé, es deci r brindar las facilidades n ormativas a la
gestión tributaria para que se implementen mecanismos agiles para la declaración y
liquidación de este impuesto, atendiendo los principios de eficiencia y simplicidad
administrativa, el presente cuerpo normativo establece de forma clara y precisa la
determinación del impuesto desde varias aristas de los contribuyentes.
El presente proyecto un ifica criterios respecto a la aplicación del impuesto, creando
con ello u n precedente normativo en fomento de la cultura tributaria en el Cantón
Quinindé.
CONSIDERANDO
Que, el Art. 238 de la Constitución de la Republica del Ecuador, determina qu e los
Gobiernos Autónomos Descentralizados gozarán de autonomía política,
administrativa y fin anciera y se regirán por los prin cipios de solidaridad,
subsidiariedad, equ idad territorial, integración y participación ciudadan a. En ningún
caso el ejercicio de la autonomía permitirá la secesión del territorio n acional.

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