Ordenanzas Municipales. Cantón Ríoverde: Que Crea Y Regula La Emisión, Administración Y Control De Especies Valoradas Y Títulos Crédito

Número de Boletín142
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
26 – Jueves 7 de diciembre de 2017 Edición Especial Nº 142 – Registro Of‌i cial
PROCESO DE SANCIÓN:
SECRETARÍA GENERAL DEL GOBIERNO
AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL
DE PUERTO QUITO.- Puerto Quito a 27 de octubre
del 2017; de conformidad con la razón que antecede
y en cumplimiento a lo dispuesto en el inciso cuarto
Territorial Autonomía y Descentralización, remítase a la
señora Alcaldesa del Gobierno Autónomo Descentralizado
Municipal de Puerto Quito LA ORDENANZA
SUSTITUTIVA QUE REGULA LA GESTIÓN DE LOS
SERVICIOS DE PREVENCIÓN, PROTECCIÓN,
SOCORRO Y EXTINCIÓN DE INCENDIOS EN EL
CANTÓN PUERTO QUITO, para su sanción respectiva.
f.) Ab. Mauricio Vera Ayora, Secretario General.
SANCIÓN:
ALCALDÍA DEL GOBIERNO AUTÓNOMO
DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE PUERTO
QUITO.- Puerto Quito, a 30 de octubre del 2017. De
conformidad con la disposición contenida en el inciso quinto
Territorial Autonomía y Descentralización, habiéndose
observado el trámite legal y estando de acuerdo con la
LA ORDENANZA SUSTITUTIVA QUE REGULA LA
GESTIÓN DE LOS SERVICIOS DE PREVENCIÓN,
PROTECCIÓN, SOCORRO Y EXTINCIÓN DE
INCENDIOS EN EL CANTÓN PUERTO QUITO. Con
la f‌i nalidad de que se le dé el trámite legal correspondiente:
cúmplase, notifíquese y publíquese.
f.) Sra. Narciza Párraga Ibarra, Alcaldesa del Cantón Puerto
Quito.
CERTIFICACIÓN:
Puerto Quito, a 30 de octubre del 2017; el infrascrito
Secretario General del Concejo Municipal del Cantón
Puerto Quito, certif‌i ca que la señora Narciza Párraga Ibarra,
Alcaldesa del Cantón, proveyó y f‌i rmó la Ordenanza que
antecede en la fecha señalada. LO CERTIFICO.
f.) Ab. Mauricio Vera Ayora, Secretario General.
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL GOBIERNO
AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO DEL CANTÓN
RIOVERDE
Considerando:
Ecuador establece que la administración pública constituye
un servicio a la colectividad que se rige por los principios
de ef‌i cacia, ef‌i ciencia, calidad, jerarquía, desconcentración,
descentralización, coordinación, participación, planif‌i cación,
transparencia y evaluación;
artículo 226, señala que las instituciones del Estado sus
organismos, dependencias, las servidoras o servidores
públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad
estatal ejercerán solamente las competencias y facultades
que les sean atribuidas en la Constitución y la Ley...;
Autonomía y Descentralización establece en su artículo 57,
que al concejo municipal le corresponde: a) El ejercicio de
la facultad normativa en las materias de competencia del
gobierno autónomo descentralizado municipal, mediante
la expedición de ordenanzas cantonales, acuerdos y
resoluciones; b) Regular, mediante ordenanza, la aplicación
de tributos previstos en la ley a su favor;
Territorial, Autonomía y Descentralización, determina
que son ingresos tributarios: Los impuestos, que incluirán
todos los que corresponden a los gobiernos autónomos
descentralizados, por recaudación directa o por participación;
y tasas, que comprenderán únicamente las que recaude la
tesorería o quien haga sus veces de los gobiernos autónomos
descentralizados, no incluyéndose, por consiguiente, las
tasas que recauden las empresas de los gobiernos autónomos
descentralizados; y, las contribuciones especiales de mejoras
y de ordenamiento, que se sujetarán a la misma norma del
inciso anterior;
Que, el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal,
como entidad del sector público que dispone de recursos
públicos, tiene como obligación normar la prestación de
servicios que permitan un mejor y ef‌i ciente servicio a la
colectividad;
Que, la vigilancia de las normas legales como el COOTAD,
el Código Tributario, y otras normas relativas a los gobiernos
municipales en aspectos relacionados con el manejo de los
tributos en sus diferentes etapas, hacen necesario se dicten
medidas para su correcta aplicación; y, En ejercicio de sus
atribuciones legales.
EXPIDE:
LA ORDENANZA QUE CREA Y REGULA
LA EMISIÓN, ADMINISTRACIÓN Y CONTROL DE
ESPECIES VALORADAS Y TÍTULOS
DE CRÉDITO EN EL GOBIERNO AUTÓNOMO
DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN
RIOVERDE
CAPITULO I
GENERALIDADES
Art. 1.- Objeto.- Constituye objeto de esta Ordenanza,
la regulación de la emisión, administración y control de
especies valoradas y títulos de crédito en el Gobierno
Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Rioverde.
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