Cantón Rioverde: Que reforma a la Ordenanza para la gestión integral de residuos sólidos, publicada en el Registro Oficial - Edición Especial No. 347 del 13 de marzo del 2018; reformada y publicada en el Registro Oficial - Edición Especial No. 1529 de martes 2 de marzo de 2021
Fecha de publicación | 25 Julio 2022 |
Número de Gaceta | 372 |
Materia | Derecho Público y Administrativo |
Lunes 25 de julio de 2022 Edición Especial Nº 372 - Registro Ocial
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GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE L
CANTÓN RIOVERDE
Acuerdo No. 128; Regist ro Oficial 993 del 22 de julio de 1996
ALCALDÍA
Dirección: Avenida 5 de Agosto Teléf. 062744 024 062744 283
Pág. Web: www.rioverde.gob.ec Correo Electrónico: info@rioverde.gob.ec
Rioverde-Esmeraldas-Ecuador
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EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:
Debido a la necesidad de armonizar la ordenanza que regula la Tasa de recolección de
basura con la reforma de la Ley Orgánica del Servicio Público de Energía Eléctr ica
(LOSPEE), artículo 60 y la Disposición Transitoria de esta ley, que establece que en la
factura de consumo del servicio de energía eléctrica se incluirán a las personas usuarias
finales, y únicamente los rubros correspondientes a los servicios que presta la Empresa
Eléctrica, y que si un GAD requiere que una empresa eléctrica de distribución y
comercialización brinde servicios de recaudación de las tasas de recolección de basura,
deberá realizarse de forma separada a la factura del servicio de energía eléctrica.
Por lo tanto, siendo las atribuciones facultativas del alcalde señalado en el COOTAD “Art.
60 .- Atribuciones del alcalde o alcaldesa.- Le corresponde al alcalde o alcaldesa: e)
Presentar con facultad privativa, proyectos de ordenanzas tributarias que creen
modifiquen, exoneren o supriman tributos, en el ámbito de las competencias
correspondientes a su nivel de gobierno”, norma concordante con el Art. 324
“Promulgación y publicación.- El ejecutivo del gobierno autónomo descentralizado
publicará todas las normas aprobadas en su gaceta oficial, en el dominio web de la
institución y en el Registro Oficial”.
Conforme a la Ley, señala que la municipalidad interesada en continuar realizando la
recaudación de su tasa de recolección de la basura a través de la empresa eléctrica, deberá
considerar el estudio técnico de fijación de tasas, y socializarlo con las personas usuarias,
junto con el listado de abonados/as que reciben el servicio de recolección de basura,
debidamente certificado por el funcionario competente.
Se debe presentar a la empresa eléctrica lo siguiente:
a) La reforma a la ordenanza (publicada en el registro oficial);
b) Cuadro de valores de las tasas establecidas en función del estudio de costos por la
presentación del servicio de aseo y recolección de desechos comunes; y
d) El listado de los usuarios/abonados, debidamente certificado por el funcionario
responsable del GAD Municipal.
(El enfoque que debe darse es la recuperación de los servicios de recolección de basura,
y la situación económica y de salud y saneamiento de la población).
Para la determinación de la tasa por recolección de desechos sólidos el Concejo Cantonal,
previo al informe emitido por la dirección de Ambiente, gestión de Riesgo y Desechos
Sólidos, fijará el monto en función de los gastos, mensuales provocados al brindar el
servicio de recolección, transporte y disposición final de los residuos del Cantón.
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