Cantón Rocafuerte: Que Reforma A La Ordenanza Sustitutiva De La Ordenanza Que Regula La Utilización U Ocupación Del Espacio O La Vía Pública, El Espacio Aéreo Municipal Suelo Y Subsuelo Por La Colocación De Estructuras, Postesy Tendido De Redes Pertenecientes A Personas Naturales O Jurídicas Privadas

Número de Boletín144
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Miércoles 20 de diciembre de 2017 – 15Registro Of‌i cial Nº 144 – Suplemento
CALLES Y AVENIDAS DE LA CIUDAD DEL TAMBO,
en fecha antes señalada. LO CERTIFICO.-
f.) Ab. José David Nivelo Huerta, Secretario General y
del Concejo del Gobierno Autónomo Descentralizado
Municipal Intercultural Comunitario El Tambo.
EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO
MUNICIPAL DEL CANTÓN ROCAFUERTE
Considerando:
del Ecuador conf‌i ere a los gobiernos autónomos
descentralizados facultades legislativas en el ámbito de sus
competencias y jurisdicciones territoriales;
República del Ecuador conf‌i ere a los gobiernos municipales
la competencia exclusiva de ejercer el control sobre el uso y
ocupación del suelo en el cantón;
establece que: El régimen tributario se regirá por los
principios de generalidad, progresividad, ef‌i ciencia,
simplicidad administrativa, irretroactividad, equidad,
transparencia y suf‌i ciencia recaudatoria. Se priorizarán
los impuestos directos y progresivos. La política tributaria
promoverá la redistribución y estimulará el empleo, la
producción de bienes y servicios, y conductas ecológicas,
sociales y económicas responsables;
Que, el Artículo 55 literal b) del Código Orgánico de
Organización Territorial, Autonomía y Descentralización,
COOTAD, determina que es competencia exclusiva de los
gobiernos autónomos descentralizados municipales, ejercer
el control sobre el uso y ocupación del suelo en el cantón;
considera a las telecomunicaciones y al espectro
radioeléctrico como sectores estratégicos;
Que, el Acuerdo Ministerial 061 del Ministerio del
Ambiente, publicado en el Registro Of‌i cial Nº 316
del 4 de mayo de 2015, determina los lineamientos de
categorización ambiental de toda actividad incluyendo el
de la implantación de estaciones base celulares bajo la
categoría II que corresponde a mínimo impacto ambiental;
Que, mediante Acuerdo Ministerial 041-2015 del 18 de
septiembre de 2015, el Ministro de Telecomunicaciones y
de la Sociedad de la Información acuerda expedir políticas
respecto a las tasas y contraprestaciones que correspondan
f‌i jar a los Gobiernos Autónomos Descentralizados
cantonales y distritales en ejercicio de su potestad de
regulación de uso y gestión del suelo y del espacio aéreo
en el despliegue o establecimiento de infraestructura
de telecomunicaciones señalando en su Art. 1 que por
permisos de instalación o construcción de infraestructura
en espacios públicos o privados cobrarán hasta 10 salarios
básicos unif‌i cados (SBU) por una sola vez;
Que, en virtud del Artículo antes mencionado, el Ministerio
de Telecomunicaciones señala que no se podrá cobrar
valores por concepto de tasas u otros valores por conceptos
diferentes a los contemplados en dicho artículo, incluyendo
de manera ejemplif‌i cativa y no limitativa a torres, mástiles
y antenas;
Que, en virtud de lo anterior y en concordancia con
la disposición derogatoria de la Ley Orgánica de
Telecomunicaciones, se hace necesario realizar cambios
fundamentales, legales, económicos y técnicos a la
Ordenanza Sustitutiva de la Ordenanza que regula la
utilización u ocupación del espacio público o la vía
publica y el espacio aéreo municipal, suelo y subsuelo
por la colocación de estructuras, postes y tendido de redes
pertenecientes a personas naturales o jurídicas dentro del
cantón Rocafuerte, publicada en la Edición Especial del
Registro Of‌i cial No. 621 del 5 de julio del 2016; Así como
también a la Ordenanza modif‌i catoria de la Ordenanza
Sustitutiva de la Ordenanza que regula la utilización u
ocupación del espacio público o la vía pública y el espacio
aéreo municipal, suelo y subsuelo por la colocación de
estructuras, postes y tendido de redes pertenecientes a
personas naturales o jurídicas dentro del cantón Rocafuerte”,
publicada en Edición Especial del Registro Of‌i cial Nº.-898,
del jueves 16 de febrero del 2017.-
En ejercicio de la facultad que le conf‌i ere el Art. 240 de la
con lo establecido en los artículos 7, 57 literal a) y 322 del
Descentralización:
Expide:
LA SIGUIENTE REFORMA A LA
ORDENANZA SUSTITUTIVA DE LA ORDENANZA
QUE REGULA LA UTILIZACIÓN U OCUPACIÓN
DEL ESPACIO O LA VÍA PÚBLICA, EL ESPACIO
AÉREO MUNICIPAL SUELO Y SUBSUELO POR
LA COLOCACIÓN DE ESTRUCTURAS, POSTES
Y TENDIDO DE REDES PERTENECIENTES A
PERSONAS NATURALES O JURIDICAS PRIVADAS
DENTRO DEL CANTÓN ROCAFUERTE.
Art. 1.- En el Artículo 4, suprímase la palabra municipal.
Art. 2.- Reformase el Artículo 12 en lo siguiente:
El literal g), dirá:
g) Certif‌i cación de aprobación de planos;
El literal h), dirá:
h) Plano de implantación de los postes, tendidos de
redes y las estructuras, características generales, detalles
constructivos y de mimetización incluyendo la ubicación
de la estación de transmisión, geo referenciado, para
su revisión, verif‌i cación, aprobación y autorización
Artícul
ación Te
determ
tónomo
e el uso y ocupación del suel
13 de la Cons
telecomunica
ctores e
y servicios, y
cas responsables;
o 55 literal b) del
rritorial, Autonomía y De
mina que es competencia ex
os descentralizados m
uso y ocupación del suelo en el ca
a Constitución de la Repúb
l
el Código
nomía y Desc
na que es competencia
descentralizad
rec
progres
ibució
nes y
mica
lo
er
rmina que es competencia exclu
mos descentralizados municipale
o y ocupación del suelo en e
s eco
lógica
, la
s,
Co
ánico
alización
va de lo
de
n
C
Des
on lo
Código
o es
Or
ución
ble
o de la
de la
facul
ero
pecia
del 20
entr
al del R
17
r
o del c
Re
po
des pe
ca
cer
ón;
LA
a
ni
alizació
de Or
n:
p
en los a
Orga
que
lica de
rtícu
ue le con
lE

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR