Ordenanzas Municipales 002-2016. Cantón Rumiñahui: Que contiene la séptima reforma a la Ordenanza de gestión ambiental

Número de Boletín751-Primer Suplemento
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Fecha de la disposición 9 de Abril de 2016

EL CONCEJO MUNICIPAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE RUMIÑAHUI

Considerando:

Que, la Constitución de la República del Ecuador, en el artículo 264 último inciso, manda que los Gobiernos Municipales en el ámbito de sus competencias y territorio, y en uso de sus facultades, expedirán Ordenanzas Cantonales; Que, el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD), en el Art. 55 letra d) establece como una de las competencias exclusivas del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal el prestar los servicios públicos de agua potable, alcantarillado, depuración de aguas residuales, manejo de desechos sólidos, actividades de saneamiento ambiental y aquellos que establezca la Ley; y, en la letra e) determina que los Gobiernos Autónomos Municipales pueden crear, modi.car, exonerar o suprimir, mediante ordenanzas, tasas, tarifas y contribuciones especiales de mejoras;

Que, mediante Ordenanza Municipal No. 018-2010, publicada en el Registro Oficial Suplemento No. 352 de 30 de diciembre de 2010, se creó la Empresa Pública Municipal de Residuos Sólidos Rumiñahui-Aseo EPM, como una persona de derecho público con personería jurídica, patrimonio propio, dotada de autonomía presupuestaria, .nanciera, económica, administrativa y de gestión; y con potestad coactiva;

Que, a través de la Ordenanza Municipal No. 021, publicada en el Registro Oficial 617 de 28 de octubre de 2015, se expide la Sexta Reforma a la Ordenanza No. 012-2009 de Gestión Ambiental en el Cantón Rumiñahui, publicada en el Registro Oficial No. 31 de 22 de septiembre de 2009;

Que, mediante memorando No. EPMR-GG-2016-009, de 25 de enero de 2016, la Ing. Mónica Melo Marín, Gerente General de la Empresa Pública Municipal de Residuos Sólidos, comunica que, el Directorio de la Empresa Pública en sesión ordinaria de 29 de diciembre del 2015, aprobó el Proyecto de Reforma a la Ordenanza de Gestión Ambiental, respecto de la tasa de recolección de basura;

Que, en el artículo 1 de la Sexta Reforma a la Ordenanza de Gestión Ambiental donde consta la fórmula de cálculo para la actualización de la tasa adicional de recolección de basura y aseo público, se ha deslizado un error, el mismo que no ha permitido hasta la fecha proceder con el reajuste anual de esta tasa; y,

En ejercicio de la potestad que le con.eren los artículos 240 de la Constitución de República del Ecuador y, 57 literal a) del Código...

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